Yapura explicó sobre la negativa al pedido de la 6ta banca y los agravios recibidos

Las Heras-, La Concejal «Andrea Yapura» público un comunicado importante que dice Textualmente: Tras los hechos que trascendieron en la sesión ordinaria del día de la fecha 12/11/20, en mi carácter de Presidente de este honorable cuerpo hago uso de mi derecho a réplica, con respecto al PUNTO N°6 del orden del día donde se trató la nota recibida en mi despacho de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO A.T.E para solicitar la SEXTA BANCA. El día 2 del corriente mes recibo en mi despacho una nota del gremio A.T.E firmada por su secretario general el Sr. Héctor Ampuero, haciendo referencia a la Ordenanza N 825/04 (la cual es derogada por la Ord. 1545/18) la misma incumplía las normas establecidas por la ordenanza antes mencionada, ellos presentaron la nota de solicitud el día 2, pero presentaron el anexo del proyecto el día 10, faltando el formulario pre impreso y numerado. El Art. 3 De la Ordenanza 1545/18 dice: “Para solicitar la iniciación del procedimiento a los fines de acceder a la SEXTA BANCA , se pondrá a disposición del vecino, institución, organización, entidades intermedias, ONG’S, un registro de Solicitudes las cuales receptaran en la mesa de entrada del Honorable Concejo Deliberante, en un formulario pre impreso y numerado (Anexo I)” El Art. 7 De la Ordenanza 1545/18 dice: La utilización de la Sexta Banca se hará efectiva durante el periodo de Sesiones Ordinarias. Solo podrá hacer uso de la misma un ciudadano o representante de la institución, organización, entidades intermedias, ONG’S, por sesión del Honorable Concejo Deliberante, y al solo efecto de exponer o plantear el tema exclusivamente presentado en la solicitud. Actualmente estamos por finalizar el periodo legislativo 2020, cerrando así comisiones y despachos, ellos al entregar la documentación muy cerca de la fecha de la Sesión Ordinaria hacen que carezcamos de margen de tiempo para tratar el Proyecto presentado por A.T.E. El Art. 13 de la Ordenanza 1545/18 dice: “Cuando el tema de exposición fuese un proyecto que requiera de tratamiento para ser volcado en Ordenanza, Resolución o Declaración, EL MISMO PASARÁ SIN MÁS A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE. – El Art. 15 De la Ordenanza 1545/18 dice: “DISPONGASE, que una vez concluido el Período Ordinario de sesiones y, en su caso, su prórroga, el registro de Solicitudes correspondiente a ese año se clausurará, debiendo producirse una nueva apertura, en ocasión de la inauguración de un Nuevo Periodo Ordinario de sesiones en el año siguiente.- También quiero aclarar que no estoy de acuerdo con la total falta de respeto con la que sus afiliados desarrollan sus reclamos, por medio de insultos y agravios, haciendo disturbios fuera del recinto en horario de Sesión ordinaria creando así un ambiente de trabajo tenso y faltándoles el respeto no solo a mí, a mis pares y todos los vecinos de Las Heras que escuchan las mismas a través de las Redes Sociales, cosa que hago desde que desempeño mis funciones como Concejal para garantizar la transparencia y hacer parte a cada vecino de nuestra localidad. Sin dudas tenemos mucho trabajo por hacer, pero se está haciendo, en la medida que se puede, lo único que sé es que insultarme y agredirme no es el fin para llegar a los medios, les pido respeto, porque solo me remito a cumplir con mi trabajo, y ante todo soy mujer. #BastaDeViolencia .- Saludo atentamente: Andrea Yapura.

Yapura propone crear un registro de prevención y Apoyo integral para Personas Celíacas

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria del día de la fecha, la Concejal Yapura presento un Proyecto de Ordenanza. El mismo pone en consideración la necesidad de crear un registro de control de personas con diagnóstico precoz y el tratamiento y prevención de la enfermedad CELÍACA, control y manipulación de alimentos, ventas de alimentos, habilitar lugares de servicios y expendios de alimentos, en la Ciudad de Las Heras mediante el Proyecto de Ordenanza («que, se declare de interés Local”), en todas sus formas de presentación, adherirse a la Ley Provincial N° 0385/2009 – Provincia de Santa Cruz y el Decreto Provincial N° 2892/2011. El mismo tiene basamento , mediante dicho dispositivo legal, con la sanción de la presente Ordenanza, nuestra Localidad declaró de interés la atención a las personas con diagnostico precoz, el tratamiento y prevención de la enfermedad celíaca. A los efectos de fijar pautas de aplicación de la Normativa Vigente, a los Comercios de ventas de productos “Libres de Gluten o sin Tacc” para personas celíacas. El Nosocomio de la Localidad en uso de sus atribuciones coordinara la asistencia a las personas celíacas, dando participación e intervención a las Secretarias del Municipio. En su tratamiento, obtuvo la aprobación con los votos positivos por parte de los ediles presentes: MERCADO, BERNACKI, ALONSO, MONTEROS y YAPURA. El citado instrumento legal , en su parte resolutiva reza lo siguiente: “ARTICULO N° 1”: CREACIÓN. Créase el plan o programa integral de Prevención, asistencia y Apoyo integral para Personas Celíacas, con el propósito de generar un registro georreferenciado de personas con diagnóstico de celiaquía y comercios expendedores y elaboradores de alimentos libre de Gluten o sin (TACC), que será voluntario, con el objetivo de contribuir a la educación, información, concientización y difusión de la problemática a ciudadanos en general y celíacos en particular. Los negocios deben disponer la cantidad necesaria de alimentos para satisfacer la demanda de las personas celíacas en las ventas de los productos alimenticios, habilitar más lugares de servicios y expendios de alimentos, en la Ciudad de Las Heras.

Yapura solicito informe del personal esencial que ingresa a los yacimientos

Las Heras-, En el día de ayer la Presidenta de este Honorable cuerpo, haciendo uso de mis atribuciones solicite mediante Resolución al Sr. Herrera Rafael actual Delegado de Dirección de Trabajo, empleo y seguridad social de nuestra localidad, nos remita los informes correspondientes de los controles que le han realizado a las empresas y operadoras en los yacimientos petroleros. Deberán asumir la responsabilidad del manejo y control de personal exceptuado y esencial, operarios nativos radicados en la localidad, personal jerárquico, U.O.C.R.A, camioneros y mineros, siguiendo así el cumplimiento y las normativas vigentes. Establecer la obligatoriedad a las empresas y operadoras en los yacimientos, de la norma vigente por la Resolución Provincial N° 053/PSC/2020 que faculta al Ministerio de trabajo a proceder de manera inmediata a su aislamiento preventivo- aislar compañero/as  laborales o que hayan tenido contacto estrecho y/o directo con el trabajador, etc. Instar a la delegación de Trabajo, empleo y seguridad social a extremar medidas y recaudos pertinentes, en el marco de la habilitación de actividades y servicios del sector privado que están vigentes en las Áreas Petroleras, respecto del estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por los ministerios de la Provincia de Santa Cruz. Petición del Honorable Concejo deliberante de Las Heras, que considera y fundamenta en el principio y el concepto de resguardar y proteger la salud de los Habitantes de nuestra localidad. Saluda atentamente, Andrea Yapura -Presidente HCD.-

Declaran de interés Municipal el proyecto MES DE LA INCLUSIÓN

Las Heras-, El Proyecto de Declaración presentado por la Concejal Yapura, trata sobre declarar de interés Municipal, el proyecto presentado por “Escuela Especial N° 7” titulado el “MES DE LA INCLUSIÓN”.. El mismo tiene basamento, en fomentar una educación “Integral” a los chicos, “con una visión de trabajo en red continua”, Impulsando la “INCLUSIÓN” educativa, social y la igualdad de derechos para nuestros alumnos y para las personas con discapacidad diferente en nuestra sociedad. El mencionado Proyecto “HACIA NUEVOS MODOS DE VER Y DE SER”, tiene el fundamento y la finalidad de difundir lo que es la “INCLUSIÓN” a los miembros de nuestra Localidad, tanto personas como Instituciones Privadas, Empresas, Instituciones Públicas y Comercios Locales, etc., y así involucrarlos con nuevos modos de ver y de ser ante diferentes situaciones que involucren a personas con diferentes discapacidades; En su tratamiento, obtuvo la aprobación con los votos positivos por parte de los ediles presentes; Mercado, Bernacki, Alonso, Monteros y Yapura . El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente : ARTICULO 1°: DECLARAR, de INTERÉS MUNICIPAL, el Proyecto presentado por la “Escuela Especial N°7” titulado el “MES DE LA INCLUSIÓN”, durante todo el mes de octubre. Con el fin de llegar a cada uno de los habitantes de la comunidad para concientizar y enseñar los valores sobre los derechos de las personas con diferentes discapacidades. Se adjunta proyecto enviado por la Institución educativa especial, material informativo para los medios de comunicación. ARTÍCULO N° 2: INFORMAR, a toda la comunidad de los trabajos y actividades en distintas plataformas virtuales, que se van a desarrollar durante el mes de octubre la Escuela Especial N° 7, para concientizar sobre la inclusión. Realizar el armado y entrega de calcos y logos con el diseño gráfico de la escuela y frases de la inclusión. El realizado de presentaciones de cartas inclusivas para los comerciales Locales. ARTÍCULO N° 3: SOLICITAR, a los medios de comunicación local que acompañen y difundan el proyecto de la escuela Especial en el mes de octubre. Mediante Spot Publicitarios en pantallas, Medios Televisivos y Radiales.

Operadoras y empresas deberán pagar los gastos en comida y hospedaje de sus trabajadores

Las Heras-, El Honorable Concejo Deliberante en el día de ayer, realizó una SESIÓN ESPECIAL en el recinto “Héroes de Malvinas”. La sesión fue presidida por la Presidente del H.C.D Concejal Andrea Yapura, Vicepresidente 1° Concejal Cristian Mercado, Vicepresidente 2° Concejal Jairo Bernacki, Concejal Daniela Alonso y el Concejal Tomas Monteros. La Concejal Yapura presento Proyecto de Ordenanza, para que se establezcan medidas por incumplimiento a las normativas preestablecidas de la cuarentena al Aislamiento Preventivo y Obligatorio. El mismo tiene basamento, que toda persona considerada operario que pertenezca a cualquier empresa de servicios petroleros o no, y que deba ingresar a la localidad deberá cumplir con el “Aislamiento Preventivo y Obligatorio”, conforme a lo establecido por las Normas vigentes. Dicho Proyecto ha sido aprobado por los ediles presentes; cuya parte resolutiva del instrumento legal reza en su parte pertinente lo siguiente: “ARTICULO 1º: ): ESTABLÉZCASE, que todo gasto que demande, por todo concepto del Aislamiento Obligatorio del personal en general, correrá por cuenta de las empresas y/o Operadoras responsables de dicho personal, en las áreas Petroleras, personal jerárquicos, camioneros, minería y U.O.C.R.A.  de Las Heras.- ARTÍCULO 2º): CONSIDÉRESE, dentro de los gastos descripto en el artículo precedente, alojamiento, comidas e insumos, servicio de maestranza, (PCR), Testeos Rápidos, servicios desinfecciones en las áreas afectadas y cualquier otro tipo servicio que se considere indispensable.- ARTÍCULO 3º): AUTORÍCESE, al “Departamento Ejecutivo Municipal”, a través de las áreas que estime corresponder a proceder a los controles pertinentes, a los efectos del cumplimiento del artículo N° 1.- ARTICULO 4º): AUTORÍCESE, al “Ejecutivo Municipal”, en caso de incumplimiento del Articulo N° 1 a proceder a la clausura de base o cualquier otra oficina habilitada, secuestro de la/s unidades que se hallan visto afectadas, y a proceder al cobro de multas según descripto en el artículo N° 5.- ARTICULO 5º): SANCIONES, quienes infringieren la normativa se le aplicara una sanción con una Multa de un mínimo de TREINTA MIL (30.000) y un máximo de CIENTO VEINTE MIL (120.000) módulos fijados, en la Ordenanza Tarifaria Municipal N° 1600/2020, Capitulo XIX, Artículo N° 116, aplicables a juicio del Juzgado de Faltas Municipal de Las Heras. En el caso de reincidencia de la infracción, se duplicará sucesivamente, en forma acumulativa.- ARTICULO 6º): FACÚLTESE, al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar los términos de la presente que así lo requieran y autorícese al D.E.M a realizar todas las medidas legales correspondientes tendientes a dar cumplimiento a la presente normativa.-

Multas y secuestro del vehículo aquellos que salgan e ingresen por caminos NO autorizados

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria, la Concejal Yapura presentó una moción sobre tablas a sus pares. El Proyecto de Ordenanza Municipal N° 1630/2020. Mediante el mismo pone en consideración, en sus articulados la obligatoriedad de realizar el aislamiento social preventivo de la cuarentena de los 14 días, a todas las personas que ingresen a la Localidad. El mismo tiene basamento en ampliar las multas punibles en el caso de incumplimiento y/o reincidencias. Se ha observado de parte del personal Municipal el ingreso y egreso de ciudadanos de la Localidad sin denunciar su lugar de destinos, utilizando caminos adyacentes a la ruta Provincial habilitada N° 43. En su tratamiento, obtuvo la aprobación con los votos positivos por parte de los ediles Mercado, Bernacki , Yapura y los votos negativos de Alonso – Monteros.- El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente: “ARTICULO 1º AGRÉGUESE EL ARTICULO N° 2 BIS, a la Ordenanza Municipal N° 1630/2020, el que quedará redactado de la siguiente Manera: “Articulo N° 2 BIS: ESTABLÉZCASE; en concepto de multa un mínimo de 10.000 y un máximo de 20.000 módulos, fijados en la Ordenanza Tarifaria Municipal N ° 1600/2020, Capitulo XIX, Artículo N° 116, además de proceder al secuestro de la/s unidades vehiculares, a toda aquella persona que, incumpliendo con las normas vigentes abandonen la Localidad por caminos NO autorizados a tal fin, y a su reingreso, no comuniquen su lugar de destino, o procedencia, y que falsee información a los efectos de control respectivo. Articulo N° 2: SOLICITAR, al Departamento Ejecutivo Municipal, que capacite e instruya al personal que participara sobre confecciones de las infracciones y preventores. Articulo N° 3: de la Presente Ordenanza. Articulo N° 4: ELÉVESE, copia al Departamento Ejecutivo Municipal, Juzgado de Falta, Departamentos de la Municipalidad, Medios Radiales y Televisivos, Medios de Prensa. Articulo N°5 : FACÚLTESE, al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar los términos de la presente que así lo requieran.

Solicitan informes del listado de personas esenciales que ingresen a Los Perales y la localidad

Las Heras-, PENSANDO EN RESGUARDAR LA SALUD Y CADA CIUDADANO DE LAS HERAS. En el día de ayer por medio de Resolución, solicito se establezcan medidas para trabajar en conjunto y asi realizar los controles pertinentes de ingreso a la localidad, el COE de Las Heras y el Ministerio de la Producción a las personas esenciales que ingresan a nuestra localidad, con el fin de realizar tareas específicas en la actividad petrolera, provenientes de localidades vecinas de riesgo. Sabemos que los  esenciales que estén obligados a ingresar a la localidad deberán tener el hisopado realizado y con el comprobante del resultado NEGATIVO DEL (PCR) OBLIGATORIO, por eso solicitamos a la Ministra de Producción Comercio e Industria de la Provincia de Santa Cruz, nos eleve los informes actualizados del listado de personas esenciales que ingresen a los yacimientos Los Perales, los comprendidos en el ámbito de la localidad de Las Heras, y que circulen por la Ruta N° 43 con acceso a la localidad. Saluda atentamente Andrea Yapura Presidente HCD.-

Hasta seis mil pesos de multa por no usar barbijo

Las Heras-, En la Sesión Ordinaria del día de ayer, la concejal Andrea Yapura presento mediante un Proyecto de Ordenanza, implementar medidas sancionatorias con respecto al «CUBRE BOCA, TAPA BOCA O BARBIJO) de uso Obligatorio. Por eso se estableció la obligación del uso de elementos que cubran la nariz, boca y mentón denominados » CUBRE BOCAS, MASCARILLAS PROTECTORAS, TAPA BOCAS, PROTECTOR FACIAL Y/O BARBIJO SOCIAL CASERO (NO QUIRURJICO) para todas las personas que circulan en la via pública, ingresen o permanezcan en espacios públicos y privados,  de acceso al público de cualquier índole, incluyendo establecimientos comerciales, industriales, centros de salud públicos, privados y/o medios de transportes. Esta medida deberá ser observada por los transeúntes que circulen en bicicletas o practiquen cualquier tipo de actividad física (HASTA LLEGAR AL LUGAR, Y DESPUES DE RETIRARSE), personas que manejen vehículos privados o afectados a entidades públicas, y por personal de fuerzas públicas. La infracción a lo dispuesto anteriormente será SANCIONADA CON UNA MULTA DE MIL (1.000) módulos fijados en la Ordenanza Tarifaria Municipal N°1600/2020, Capitulo XIX, Art. N° 116. A la reincidencia a la infracción, el valor del módulo irá duplicando sucesivamente. Establecida la reincidencia se deberá aplicar también la sanción accesoria de «TRABAJOS COMUNITARIOS», en un máximo de TREINTA (30) horas a cumplir en los Colegios o Instituciones que el Juzgado de Faltas Municipal determine. Los ÓRGANOS DE APLICACIÓN de la presente normativa será el D.E.M a través de la «Dirección de Tránsito», «Policía ambiental», «Dirección de Comercio y Bromatología «, «Guardia Urbana», y «Defensa civil». Quienes actuarán en forma conjunta o individual, a fin de controlar el cumplimiento efectivo de estas normas y concientizar a la comunidad del «USO OBLIGATORIO DE TSPS BOCA O CUBRE BOCA» en la vía pública, debiendo realizar un amplio operativo de difusión sobre el contenido de la presente.

ATENTOS. Sesenta mil pesos por no respetar el aislamiento preventivo

Las Heras-, En la Sesión Ordinaria del día de ayer, la edil Yapura presento un Proyecto de Ordenanza para estipular que cada persona que incumpla con el aislamiento preventivo y obligatorio, poniendo en riesgo y peligro la salud pública; para implementar medidas sancionatorias de la violación de la cuarentena obligatoria. Cada persona que ingrese a nuestra localidad tiene la obligación de realizar el aislamiento social preventivo y obligatorio por 14 (CATORCE) DIAS en los lugares asignados por el COE MUNICIPAL. Bajo ninguna circunstancia pueden abandonar el lugar de aislamiento asignado antes del plazo correspondiente. Se establece que la infracción a lo dispuesto en el Art. Anterior será SANCIONADA CON UNA MULTA de un mínimo de OCHO MIL (8.000) y un máximo de DIEZ MIL (10.000) MÓDULOS FIJADOS, en la Ordenanza Tarifaria Municipal N° 1600/2020, Cap XIX, Art. N° 116. EN CASO DE REINCIDENCIA, SE DUPLICARÁ SUCESIVAMENTE DICHA SANCIÓN, EN FORMA ACUMULATIVA. El que se niegue o se resista a someterse a los protocolos de detección de síntomas de COVID-19, DE ACUERDO A LOS MECANISMOS   QUE ESTABLEZCA EL D.E.M, SERA SANCIONADO CON UNA MULTA DE DIEZ MIL (10.000) MÓDULOS, Y LA AUTORIDAD DE CONTROL PODRÁ IMPEDIRLE EL INGRESO A NUESTRA LOCALIDAD.

Piden que Acta de petitorio Social se trate en la Cámara de Diputados

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria del día 03-09-2020, la Concejal Sra. Andrea Yapura, presento una moción sobre tablas a sus pares. En virtud, del requerimiento de la comisión de los Barrios de la Localidad de Las Heras, que presentan una nota y Acta de Petitorio Social, y en el carácter de Presidente del Honorable Concejo Deliberante, le solicito al DIPUTADO POR EL PUEBLO Sr. ELORRIETA, HERNÁN , intervenir, gestionar y arbitrar ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, a efectos de quienes solicitan el pedido de las Comisiones barriales vecinos autoconvocados de manifestar y reclamar en un “ACTA DE PETITORIO SOCIAL”, que se le entrego una copia al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en la persona del Vicegobernador el Sr. Quiroga, Eugenio. Requiriendo los servicios básicos e indispensables, que presta la Provincia a la comunidad. Con fuerza de Resolución se le solicita al DIPUTADO por el Pueblo de la Ciudad de Las Heras, de la Provincia de Santa Cruz., el Sr. Elorrieta, Hernán, presentar y manifestarse ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, el “Acta de Petitorio Social” de las comisiones barriales, para ser tratado en Sesión, para poder ser evaluado y analizado en las partidas del Presupuesto del año 2021. Presentar los anteproyectos de Infraestructuras y Obras para la Ciudad de Las Heras, los cuales darán una rápida solución y benevolencia a nuestros vecinos. Mediar, ante el Gobierno Provincial y con sus pares del Poder Legislativo, en el acompañamiento de anteproyectos de inversiones en Infraestructuras y obras, (Obras de red Agua- Red de Línea Eléctrica-Tendido de Red de Gas-Pavimentación de Calles)- (Colegio de Nivel Educativo Primario y Secundario)- (Una Seccional de Policía para los barrios de “Las Américas y Calafate”)-(Unidad de Estación de Bomberos). Presentan un informe mencionando los Barrios con carencias de Servicios Básicos. (Martín Fierro – El Mirador-Barrio Sanidad – Las Américas-Techo Digno- El Calafate-Ex Quinta 71 y 72- Néstor Kirchner – Ex Quinta 41- Malvinas Argentinas) , que el informe que presentan NO tiene el revelamiento de Zonificación Urbana y Catastral, de la Secretaria de Tierras y Catastro de la Municipalidad de LAS Heras, Provincia de Santa Cruz. En carácter de Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Las Heras, que considera y fundamenta en el principio y el concepto de resguardar y proteger la Salud Sanitaria y la Asistencia Social e Educativa de los Habitantes de la Ciudad de Las Heras. La moción fue APROBADA por el Concejo Deliberante, con el voto POSITIVO de los Ediles Yapura, Andrea – Bernacki Jairo y el voto NEGATIVO de los Ediles Alonso Daniela –Monteros Tomas. –