Las Heras-, El Proyecto de Ordenanza fue presentado por la Concejal Sra. Daniela Alonso. El mismo dice lo siguiente: Visto que la Ley Nacional N° 27.499, “LEY MICAELA” de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. ”Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación”.-.
El mismo tiene basamento en lo dispuesto por el artículo 8 inciso C, que los Estados fomentarán “La educación y Capacitación del personal en la administración de Justicia, Policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la MUJER “. En igual sentido, la recomendación general N° 19 del Comité para la eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, aprobada en 1985 por la ley Nacional N° 23.179) señala que, “es indispensable que se capacite a los funcionarios públicos para que apliquen la Convención”, y reconoce el papel de la cultura y las tradiciones en el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres obligando a los Estados a modificar el rol tradicionalmente impuesto a hombres y mujeres.
Dicho Proyecto ha sido aprobado por los ediles presentes, cuya parte resolutiva del instrumento legal reza en su parte pertinente lo siguiente: ARTICULO 1°: ADHIÉRASE la Municipalidad de la Ciudad de Las Heras, a la Ley Provincial N° 3.642, llamada “Ley Micaela”, la cual ordena la capacitación obligatoria en genero para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.
ARTICULO N° 2: Establézcase la CAPACITACIÓN obligatoria en la temática de géneros y violencias contra las MUJERES para todas las personas que se desempeñes en el ámbito público Municipal en todas sus funciones y Jerarquías, por cargo electivo, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, referido a los Departamentos Ejecutivo y Legislativo y entes descentralizados del Municipio de la Ciudad de Las Heras .
ARTICULO N° 3: IMPLEMÉNTESE la educación de la normativa municipal necesaria para la efectiva aplicación de la Ley Nacional n° 27.499 Y LAS REGLAMENTACIONES QUE CORRESPONDIEREN, EN UN PLAZO NO MAYOR A 6 MESES DESDE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE .-
ARTICULO N° 4: Comuníquese a todas las Secretarias y Direcciones del Municipio de la Ciudad de Las Heras .-