Las Heras-, La Secretaría de Seguridad y Gestión Ambiental informa sobre la ️ORDENANZA N° 1509/17, donde la misma dice lo siguiente:
☑ Art. 1°: Prohíbase, la descarga de agua potable y todo efluente líquido y/o sólido en cualquier cuerpo receptor y/o en la vía pública, desagües o terrenos baldíos, privados o fiscales, que puedan originar focos infecciosos, olores desagradables.
☑ Art. 2°: Las infracciones que se cometan respecto al derrame de agua potable, aguas servidas y/o cualquier otro tipo de efluente líquido o sólido, estarán sujetas a inspecciones que se realizarán desde ésta secretaría y se elevarán ante el Juzgado Municipal de Faltas.
☑ Se solicita la colaboración de los ciudadanos, con respecto a las piletas denominadas «pelopinchos», de NO DESAGOTAR las mismas en la vía pública, ya que se encuentra prohibido como lo indica dicha ordenanza.