Las Heras-, La Concejal Yapura presentó proyecto de Ordenanza en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto la colaboración de la Sra. Lima, Susana Irma en la investigación de la historia real de nuestra querida Ciudad de Las Heras..
Mediante el mismo pone en consideración, que la Sra. Lima, Susana Irma, siempre ha participado y colaborado en eventos relacionados a la historia de la ciudad de Las Heras, que han marcado iconos los antiguos pobladores en el desarrollo y crecimiento de nuestro pueblo.
En cada Aniversario de nuestra querida Ciudad de Las Heras y, que habitualmente se reconoce a nuestros queridos Antiguos Pobladores, y a personas que han marcado un gran aporte importante y personal en la historia y creación de esta tierra bendita.
De acuerdo a la normativa vigente por la Ordenanza N° 1492/2017 – con fecha de sanción 22/06/2017 – fecha de Promulgación 23 de junio 2017 – Decreto N° 111/2017, donde se reconoce como acto jurídico fundacional de la ciudad de Las Heras, a la Resolución del 06 de Octubre del año 1914, del Ministro de Obras Públicas de la Nación, el cual impone el Nombre de Colonia Las Heras.
Para la fecha del aniversario del pueblo se realizarán diversas actividades, en las siguientes categorías; (actividades culturales en general- Historiadores – artesanos independientes – Músicos de diversos géneros – Escritores independiente – antiguos Pobladores, etc.)
Desde nuestro lugar pretendemos aportar una idea para distinguir a personas destacadas en las siguientes categorías mencionadas en el párrafo “Ut Supra”.
Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los presentes. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: ARTICULO N° 1: °ERIGIR, en el ámbito de nuestra Ciudad la “MENCIÓN DE HONOR” – “LIMA, SUSANA IRMA”, a que será entregada en cada Aniversario de nuestra querida Ciudad de Las Heras por este Honorable Cuerpo Legislativo, en acuerdo a lo expuestos en los considerantes de la presente. De acuerdo al “ANEXO I”, la reglamentación será parte de la presente normativa.
ARTICULO N ° 2: ESTABLECER, que dicha “Mención de Honor” será entregada del 2 al 4 de Octubre de cada año, en las instalaciones del H.C.D y/o lugar asignado a llevar adelante el evento del “Concejo Abierto”, a personas de la Localidad que se destaquen en el ámbito de las siguientes categorías: (en las actividades culturales en general, Historiadores – artesanos independientes – Músicos de diversos géneros – Escritores independiente – Antiguos Pobladores, etc.).
ARTICULO N ° 3: FIJAR, a partir de la aprobación del presente Proyecto de Ordenanza que el Honorable Concejo Deliberante de Las Heras, deberá elegir a las personas que serán distinguidas en las Categorías que participarán en la “Mención de Honor Lima Susana Irma”, de acuerdo a lo preestablecido en el Articulo 1° de la Presente.
ARTICULO N ° 4: IMPLEMÉNTESE, la reglamentación por medio de la cual deberá regirse la entrega y elección de la “Mención de Honor” – “Lima Susana Irma”, dispuesto en el Anexo I de la Reglamentación.
ARTICULO N ° 5: DECLÁRESE, en el “Concejo Abierto” la “Mención de Honor Lima Susana Irma”, la semana del 02 al 04 de Octubre para sumarse a los festejos de la Ciudad de Las Heras.
ARTICULO N ° 6: ORGANÍCESE, paseos y muestras, que se relacionan con nuestra historia, dentro del recinto para ser visitada por el público en general, colegios, instituciones, gremios y adultos mayores, etc.
ARTICULO N ° 7: INVÍTESE, a escritores, artistas, escultores independientes, fotógrafos, expositores y/o disertantes a participar durante el desarrollo de dichas actividades.
ARTICULO N ° 8: ESTABLÉZCASE, el horario de visita de 09:30 Hs a 12:30 Hs y de 15:00 Hs a 17:30 Hs. Durante los días establecidos en el artículo N° 5 de la presente.
ARTICULO N ° 9: AFÉCTESE, a la Sra. Secretaria de Prensa y Protocolo con su equipo de trabajo, en coordinación con Presidencia H.C.D y Secretaria Legislativa.
ARTICULO N ° 10: NOTIFÍQUESE, a todo el personal de este Honorable Cuerpo Legislativo en la Organización y desarrollo durante las actividades del evento que se realizaran los días establecidos en el Articulo N° 5 de la Presente: (Personal de Maestranza – Chofer – Cargos Políticos – Bloques Parlamentarios, Personal de Archivo, Personal de Contaduría, Personal de Comisiones).
ARTICULO N ° 11: DESTÍNESE, por Presidencia de este Honorable Concejo Deliberante la partidas necesarias para su desarrollo, de acuerdo a lo requisitorias de la organización.
ARTICULO N ° 12: INVÍTESE, a todos los Antiguos Pobladores de la localidad, todos los Medios de Comunicación, Colegios, Instituciones, reparticiones Públicas, Comercios, Gremios, Juventud de la Localidad, etc.
ARTICULO N ° 13: DESE, total y amplia difusión en todos los medios radiales y televisivos en la Localidad y a nivel Provincial.
ARTICULO N ° 14: COMUNÍQUESE, al Departamento Ejecutivo Municipal, Diputado por Pueblo y demás dependencias que correspondan.