Las Heras-, El Concejal Mercado presento un proyecto de Ordenanza a sus pares, y en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterios de los ediles presentes; Bernacki, Pacheco Vera, Alonso y Monteros. Visto las Ordenanzas Municipales 1698/21 y 1716/22, la falta de abastecimiento de agua potable en la localidad de Las Heras, y la urgente necesidad de dar solución a la comunidad respecto a la provisión de este servicio tan esencial para la vida humana, las Ordenanzas Municipales N°1479/16 y N°1514/17, la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Santa Cruz, los Tratados Internacionales, la jurisprudencia existente en la materia, la Ley Provincial N°3736.
Por medio del Decreto Provincial N°1085/1980 se transformó a la EMPRESA PROVINCIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS en SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO.
En ese Decreto se establece que SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, tendrá a su cargo la provisión a los usuarios de toda la Provincia de Santa Cruz, en forma monopólica, de los servicios públicos de agua corriente, electricidad, gas y cloacas, debiendo hacer las inversiones necesarias para garantizar un servicio público de calidad.
Mediante el mismo pone en consideración, que por medio de la Ley Provincial N°408 de fecha 20 de agosto de 1964, se creó la EMPRESA PROVINCIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS, la cual tenía a su cargo “la prestación de los servicios provinciales de obras sanitarias y energía eléctrica, por si o por contratación con el Poder Ejecutivo. En los lugares en que la Empresa Nacional de Gas del Estado no explote los servicios de gas, el Poder Ejecutivo convendrá con la Empresa Provincial de Servicios Públicos la prestación de estaos servicios de acuerdo al artículo 7° de la Ley de Empresas Provinciales” (cfr. Art.3).
Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente:
ARTICULO N°1: °: PRORROGUESE hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive, la declaración de emergencia hídrica en toda la jurisdicción de la Municipalidad de Las Heras, la cual fuera oportunamente instrumentada mediante Ordenanzas N° 1698/21 y 1716/22, en orden a lo expuesto en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2°: El plazo de emergencia hídrica dada por artículo 1° de la presente, podrá ser prorrogada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante decreto en caso de que subsistan las circunstancias de crisis que motivan al presente acto.
ARTICULO 3°: FACULTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar las medidas necesarias para afrontar la emergencia declarada en el artículo precedente y a realizar adecuaciones presupuestarias que estime convenientes, quedando autorizado a afectar, a través de la Secretaria de Hacienda e ingresos Públicos, partidas presupuestarias especiales
en caso de ser necesario durante el periodo de emergencia hídrica establecido mediante artículo 1° de la presente al efecto de realizar compra de insumos, materiales, dispositivos, maquinarias y/o cualquier otro material que este directo o indirectamente relacionado a la adecuación del sistema hídrico y que se requiera a los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza, en un todo de acuerdo al considerando de la presente.
ARTICULO 4°: SOLICITAR a la Sra., Gobernadora de la Provincia de Santa Cruz, Dra. Alicia Kirchner, destine los fondos necesarios para implementar inversiones en obras y/o ejecución de los trabajos que demande la superación de la emergencia hídrica de la ciudad, en conformidad con los términos de la Ley Provincial N° 3736 que declara la emergencia hídrica zonal para las localidades de zona de Santa Cruz.
ARTICULO 5°: SOLICITESE AL Gerente de Servicios Públicos S.E Sede Las Heras la coordinación de acciones de trabajo conjuntas con este cuerpo Deliberante a los efectos de tratar la situación actual del sistema de abastecimiento hídrico de la localidad.
ARTICULO 6°: ELEVESE copia a la Honorable Cámara de Diputados, a la Presidencia de Servicios Públicos S.E y la gerencia local, a la Sra., Gobernadora de la Provincia de Santa Cruz, Dra. Alicia Kirchner, al Ministro de Gobierno y/o a los organismos e instituciones que correspondan.
Prensa : Honorable Concejo Deliberante de Las Heras.