Las Heras-, Mientras Río Gallegos avanza en la adhesión, Las Heras ya la aprobó. En tanto, ayer el diputado Santi de Puerto Deseado (FPV) presentó una ampliación del marco de la ley para sumar a todas las pymes santacruceñas e impulsar el cumplimiento de pago por parte del Estado de las acreencias que tenga con ellas.
En paralelo a que el Concejo Deliberante de Río Gallegos avanza en el análisis y tratamiento de una ordenanza para adherirse a la ley provincial que declaró la Emergencia Comercial en Santa Cruz hasta el 28 de febrero de 2018, el Parlamento comunal de Las Heras ya lo hizo la semana pasada.
La ordenanza fue impulsada por la concejal Laura Bilbao y responde así al artículo 6 de la Ley de Emergencia Comercial (3.548), por el que se invita “a los municipios a adherir”.
Para fomentar esa suscripción, el Gobierno Provincial había enviado copia de la normativa a todas las localidades y además había sugerido a las comunas la posibilidad de proponer mecanismos que “coadyuven al sector a regularizar la situación impositiva”.
Cabe recordar que la ley propicia el objetivo de lograr líneas de créditos a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades crediticias o financieras; exenciones y/o diferimientos de vencimientos en la presentación y pago de declaraciones juradas de tributos en el ámbito provincial y nacional; solicitar planes de facilidades de pago de impuestos y tasas municipales y provinciales; cualquier otro trámite que requiera la presentación del certificado de emergencia comercial.
Ampliación
En el día de ayer ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley presentado por el diputado Carlos Santi, de Puerto Deseado, acompañado por sus pares Javier Flores, César Ormeño y Jorge Arabel. Por el mismo se propone incorporar a los alcances de la Ley de Emergencia “a toda aquella micro, pequeña y mediana empresa de origen santacruceño, sin distinción de la actividad que desempeñe, de acuerdo a la categorización establecida mediante la Resolución Nº 103-E/2017 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de la Producción de Nación”.
Su segundo artículo establece la necesidad de “cumplimiento de pago de las obligaciones contraídas por parte del Estado Provincial ante esas empresas que se encuentren registradas como proveedoras del mismo y que a la sanción de la ley se encuentren debidamente certificadas en el marco de la emergencia declarada”.
Fundamentos
Los fundamentos para introducir estos cambios tienen que ver con que en la sanción original se establecen los beneficios para “los contribuyentes puros” y los legisladores que presentan la iniciativa de cambio entienden que “la motorización de la economía son las micro, pequeñas y medianas empresas, generadoras de empleo genuino, las que no necesariamente se encuentran comprendidas en el alcance de la norma aludida y más aún en economías como la nuestra, donde el Estado es el principal empleador y es en estos emprendedores que vemos la posibilidad de diversificar esta asimetría”.
Recuerdan además la existencia de la ley nacional de fomento a las pymes, la cual establece que la Secretaría de Emprendedores es la que debe revisar anualmente la definición de micro, pequeña y mediana empresa, a fin de actualizar los parámetros y especificidades contempladas en la definición adoptada.
Por lo que para los diputados, “al ser el Estado el principal contratante de bienes y servicios de los que muchas de estas empresas dependen, a las que la actual crisis económica más afecta y que más directa y tangiblemente es posible identificar, ya que poseen relación y acreencias reales” y considerando que “no se avizora, al menos a corto plazo, un panorama de normalización”, entienden imprescindible que las micro, pequeñas y medianas empresas santacruceñas, en su totalidad, estén comprendidas en la Ley de Emergencia. (La Opinión Austral)