Establecen en la localidad la Hora Silenciosa por Trastornos del Espectro Autista (TEA)

La Concejal Trota y el Concejal Gómez presentaron proyecto de Ordenanza, en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto que la notificación presentada por un grupo de familias de niños y adolescentes con autismo, autoconvocados bajo el nombre de Mamás Azules, a quienes se les reconoce su lucha por una mejor calidad de vida para su familia; y atento este organismo a atender sus inquietudes, consta la necesidad de espacios y hábitos de convivencia que brinden mayor accesibilidad para todas las personas de la comunidad. Por ello se plantea la implementación de un programa llamado “Un Espacio amigable con  la Neurodiversidad”, en la Ciudad de Las Heras.

Mediante el mismo ponen en consideración, que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece, con el fin de garantizar el principio de accesibilidad y el concepto de diseño universal, la eliminación de las barreras que impiden el uso y disfrute pleno de todos los sectores de la sociedad, incentivando la equiparación de oportunidades.

La Ley Nacional Nº 26.378 Art. 30  menciona la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, a fin de que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones y acceso.

Conforme la Ley Nacional Nº 27.043 de abordaje integral e interdisciplinario de personas que presentan Trastorno del Espectro Autista (TEA), busca incorporar a las personas diagnosticadas en otros ámbitos necesarios para su crecimiento y desarrollo como el resto de los niños para su inserción social.

La Ley Provincial Nº 3.820  del Sistema de Promoción y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad Art. 2, establece dar cumplimiento a los principios como eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con Discapacidad; e igualdad de oportunidades; diseño y accesibilidad universal; vida independiente y ejercicio pleno de sus derechos que le permitan interactuar con el entorno.

Como establece la Ley Provincial Nº 3.598  la prioridad de atención para personas con estado avanzado de embarazo; personas con necesidades especiales o movilidad reducida y personas mayores de setenta (70) años en la dependencias de los tres (3) poderes del Estado Provincial, Oficinas Públicas, Entes Descentralizados y Empresas del Estado, y  todo establecimiento privado que en el ámbito de la Provincia brinde atención al público a través de cualquier forma o modalidad.-

Siendo el autismo una condición del neurodesarrollo, afectando en algunos casos la capacidad de socializar, comunicarse y de mantener reciprocidad emocional, evidenciando conductas repetitivas o inusuales, como la baja interacción social, aislamiento y estereotipias (movimientos incontrolados, repetitivos y rítmicos del cuerpo).

Los estímulos sonoros fuertes les afectan mucho a las personas autistas, por la hipersensibilidad auditiva por lo que generar espacios y actividades con adaptaciones acústicas y lumínicas promoverá la accesibilidad de las personas con Neurodiversidad e Hipersensibilidad a eventos y propuestas culturales y de esparcimiento público.

De acuerdo a la Ley Provincial N° 3.828 mediante la cual se implementa la HORA SILENCIOSA en la provincia de Santa Cruz, con el objetivo generar un ambiente favorable para las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA), u otras personas con alteración en el procesamiento sensorial, y a fin de concurrir a espacios inclusivos en el ámbito comercial.

Como dice la Ordenanza Municipal N° 1.712/2022 establece la HORA SILENCIOSA en el ámbito comercial de la ciudad de Las Heras debe cumplimentar un ambiente con bajo volumen de estímulos en los locales comerciales para sostener una buena convivencia cuando las familias acudan a los lugares.

Es necesario contar también con la HORA SILENCIOSA en el ámbito de la Administración Pública donde se atienda al ciudadano y se realicen trámites necesarios y obligatorios, en base a la atención prioritaria como a embarazadas, movilidad reducida y adultos mayores.

Se reconoce la importancia de contribuir replicando esta norma en eventos Municipales en espacios cerrados, pudiendo disponer de “Un Espacio Amigable con la Neurodiversidad,” consistente en bajar la intensidad de su sistema luminario, la música y altavoces, generando un ambiente confortable para que las personas de todas las edades con poca tolerancia a estos estímulos asegurando el disfrute de la actividad recreativa en familia.

Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los ediles presentes Pacheco Vera, Trotta, Paz y Monteros. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente:

Articulo N°1: ESTABLÉZCASE en la localidad de Las Heras la “Hora Silenciosa” en el marco del programa “Espacio Amigable con la Neurodiversidad”, el cual consiste en disminuir la intensidad lumínica y los sonidos producidos por los parlantes o altavoces de los eventos públicos en espacios cerrados tales como “el día del niño” y el día de la concientización de los derechos de las personas con discapacidad “Las Heras sin barreras”. 

ARTÍCULO N° 2: ESTABLÉZCASE la “Hora Silenciosa” en el ámbito administrativo Municipal con atención al público. Se sugiere que se determine una hora diaria, de acuerdo a la disponibilidad de las reparticiones públicas.

ARTÍCULO N° 3: SUGIERASE que la “Hora Silenciosa” quede determinada a realizarse durante la primera hora de comienzo de cada evento.

ARTÍCULO N° 4: SOLICÍTESE a las secretarías que correspondan la organización de dichos eventos la implementación de  la “Hora Silenciosa”, conforme artículo 1° y 2° del presente instrumento.

ARTÍCULO N° 5: SOLICÍTESE a las personas humanas o jurídicas colocar cartelerías claramente identificables, para que informe sobre la implementación del “Espacio Amigable con Neurodiversidad”

ARTÍCULO Nº 6: La Autoridad de Aplicación será quién el Departamento Ejecutivo determine.

PRENSA: Honorable Concejo Deliberante de Las Heras.-