Nacionales-, Según se desprende del presupuesto presentado por el gobierno nacional para el 2019, se tendría contemplado ampliar el alcance de la tributación establecida para el salario de los trabajadores petroleros, regulada por la ley 26.176. De ser así, se incluirían los conceptos de “viandas”, “alimentación diaria” y “horas de viaje” dentro del impuesto a las ganancias.
Esto ya fue alertado por el Secretario General del sindicato petrolero de Santa Cruz, Claudio Vidal, en el marco de las reuniones mantenidas junto a sus pares del bloque patagónico, con legisladores de distintos sectores, buscando frenar la iniciativa.
“Nuestros trabajadores ya están sufriendo una merma de su capacidad adquisitiva, producto de las políticas de ajuste y del costo cada vez más alto de los servicios y los alimentos. Y que encima quieran sumarle cargas a sus salarios, es un despropósito. Si se modifica la ley de ganancias, no garantizamos la paz social”, puntualizó el referente petrolero.
Cabe recordar que, el día lunes, Vidal se reunió con los senadores Guillermo Pereyra, también titular del sindicato petrolero de Río Negro, Neuquén y La Pampa; Miguel Ángel Pichetto, jefe del bloque del PJ no kirchnerista; y el diputado Emilio Monzó, presidente de la cámara baja, buscando evitar la aprobación del decreto, que tendría un impacto altamente negativo en la economía de los trabajadores petroleros.
“PROMETIERON QUITAR EL IMPUESTO, Y LO ESTÁN EXTENDIENDO”
En el proyecto presentado por el gobierno nacional se estableció que la carga tributaria recaería sobre todos los ítems salariales, aunque estuvieran exceptuados por normas provinciales o municipales.
Cabe recordar que, sancionada en el 2006, la ley 26.176 dispuso que los conceptos comprendidos en los artículos 34, 39, 60, 80 y 81 de la Convención Colectiva de Trabajo (CCT) Nº 396/04, como así también en toda otra norma convencional, vinculada con la explotación petrolera, no integrarán la base imponible a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores amparados por dichos Acuerdos Convencionales.
Los artículos en cuestión se refieren básicamente a los conceptos «viandas» – la cual en determinadas circunstancias puede ser sustituida por la entrega de vales para almuerzo y/o vales alimentarios-, «alimentación diaria» – valores fijos destinados a cubrir el desayuno, almuerzo y cena de ciertos trabajadores- y por último las «horas de viaje» – sumas fijas que se conceden en ciertos casos por el transporte al lugar del trabajo.