Proyectos sobre colegio de psicopedagogos, prevención del suicidio y salud mental en redes sociales

Santa Cruz-, Las iniciativas de los legisladores Fabiola Loreiro y Piero Boffi, obtuvieron despacho favorable en comisiones, entre otros proyectos.

Esta tarde en el marco de la comisión de Educación, los legisladores dieron despacho favorable al proyecto de Ley N°417/24 presentado por la diputada Fabiola Loreiro (Por Santa Cruz) para la regulación del ejercicio y creación del Colegio de Profesionales de la Psicopedagogía en Santa Cruz, tras una reunión virtual vía Meet con la Presidenta de la Federación Argentina de Psicopedagogos, Mg. María Salomón, quien habló acerca de la importancia de implementar un marco normativo que delimite los alcances y el campo de acción de dicha profesión.

Del mismo modo, obtuvo despacho favorable el proyecto de Ley N°385/24 – también de autoría de Loreiro- mediante el cual propone la creación del Programa Educativo de Prevención del Suicidio para desarrollar capacitaciones obligatorias vinculadas destinadas al personal docente y no docente, crear espacios físicos dedicados a la contención, diseñar programas con contenidos acerca de la concientización y prevención del suicidio, promover la intervención articulada con las familias, entre otros puntos.

Asimismo, obtuvo despacho favorable el proyecto de Declaración N°507/24 presentado por el diputado Cristian Ojeda (Por Santa Cruz) expresando el beneplácito por la matriculación alcanzada por la Ingeniera Civil, Valeria Danila Ojeda, de la localidad de Perito Moreno, quien fuera certificada por Camuzzi Gas del Sur como electrofusionista de redes de gas bajo normativas técnicas del ENARGAS.

Por último, continúa en la comisión de Asuntos Constitucionales para su análisis el proyecto de Ley N°423/24 de autoría del diputado José Luis Quiroga (Por Santa Cruz) mediante el cual propone la adhesión de la provincia a la Ley Nacional N°27.736 denominada “Ley Olimpia”, incorporando la violencia digital entre las distintas modalidades de violencia contra las mujeres. De esta manera, se define como violencia digital a la utilización de las tecnologías con el objetivo de provocar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como público, con conductas que atenten directamente contra la integridad, dignidad, identidad, reputación y libertad de las mujeres.