Las Heras-, La Municipalidad de Las Heras, informa a la comunidad que se encuentra vigente la Ordenanza Municipal N° 1571/19, en pos de mantener la estética y limpieza de nuestra ciudad.
La misma dentro de sus considerandos expresa: “que la imagen y el mantenimiento, es un compromiso que debemos asumir todos, lo cual se ve perjudicado con campañas publicitarias de cualquier tipo sin contemplar el daño y perjuicio que se provoca. Pegatinas, volantes afiches en palmas, pasacalles y/o pintadas desfavorecen la limpieza de la ciudad».
Queda prohibido: la pegatina de afiches, colocación de carteles, pancartas, pasacalles, pintadas adhesivos, colocación tipo mural o bastidores en paredones y/o frentes de edificios públicos, columnas de alumbrado y/o señalización, cordones, tirada de volantes en la vía pública y toda aquella modalidad que perjudique el mantenimiento y limpieza en general.
«En caso de que alguna entidad pública, privada, política o gremial no de cumplimento a la dicha norma se procederá, notificar a él o los responsables, para que un plazo no mayor a 72 (setenta y dos) horas, procedan a ajustarse a la presente y obren a restablecer y prolijear el lugar. De no cumplir en el plazo establecido se aplicará una multa de 10.000 módulos para cada lugar afectado teniendo un incremento de un 5 % por día de atraso, sin librarse de la responsabilidad de cumplir con la obligación que esta Ordenanza establece, siendo debidamente notificados».
Quedan exceptuadas las pintadas artísticas o de concientización de autoría de escuelas, talleres de arte o similares, los que deberán contar con la previa autorización por escrito a tal efecto y los anuncios que se coloquen en tramos de calles y avenida por entes oficiales e instituciones públicas, con motivo de conmemoraciones patrias, inauguraciones o festejos.
Se estableció como autoridad de aplicación a la Secretaria de Ambiente de la Municipalidad de Las Heras, quien otorgara las autorizaciones.