Las Heras-, A la redacción de la Revista “La Ciudad” y después de la salida a la calle de la edición impresa en papel llegó el pedido de la publicación de una SOLICITADA en relación al caso de los vecinos del Barrio Solares del Sud afectados por una medida judicial. A continuación se reproduce la misma textualmente: A LA OPINION PÚBLICA DE LAS HERAS Habiendo tomado conocimiento a través de este medio y que fuera replicado por Radios locales, la exposición de quejas de algunos adjudicatarios del Barrio Solares del Sud contra nuestra Empresa, nos vemos en la necesidad de informar a la opinión pública lo siguiente: La Empresa GEOSUR S.A. construyó 35 viviendas en esta Localidad en el llamado Barrio Solares del Sud. Las mismas fueron financiadas parte con fondos propios y parte con la asistencia del Banco Hipotecario Nacional que se constituyó en acreedor hipotecario del emprendimiento. Dada la mala situación económica de la Argentina y de Las Heras en particular por la abrupta caída del precio del petróleo en la época que se terminó el Emprendimiento (2001-2002), firmamos Contratos de Compra-Venta de las viviendas en condiciones muy favorables para los adquirentes; con sólo el 5 o 10% del precio total de la vivienda en concepto de entrega, se le permitió al adquirente ingresar a la casa y el saldo se pactó, en general en 96 cuotas fijas de entre $ 500.- y $ 1000.- por mes. Del total de 35 adquirentes, 20 abonaron en tiempo y forma, cumpliendo con los requerimientos del Contrato firmado entre las partes, tres de ellos ya tienen su respectiva Escritura, estando los 17 restantes a la espera que el Juez interviniente en el Concurso de GEOSUR S.A. le otorgue las Escrituras correspondiente, lo que confiamos ocurra en el transcurso del corriente año. Respecto al resto de los adquirentes la realidad es que varios de ellos alquilaron sus viviendas a valores de entre $ 8000.- y $ 12000.- por mes y dejaron de pagar los $ 500.- a $ 1000.- de cuota a la empresa, por esa razón se les envió Carta Documento dando por caído el Contrato por incumplimiento de sus principales Cláusulas contractuales. No es cierto que no tenían a quien abonar las cuotas, la Sra Sandra Soto y el Sr Eliseo Moledo siempre fueron reconocidos como firmantes de la Empresa y así lo reconocimos ante el Sr. Juez, por eso mismo son totalmente válidos (y así lo aceptó la Justicia) los pagos efectuados a ellos por los vecinos que no tuvieron ni tendrán problema alguno. Los que decidieron, mal aconsejados o por motus propio no abonarle a la Empresa y hacerlo “En Consignación Judicial” en el Juzgado de Pico truncado (tal como lo afirman en la Nota) es un tema entre los que así actuaron y la Justicia, no teniendo GEOSUR S.A. nada que decir al respecto ya que jamás funcionario alguno de la firma, recibió ni retiró un peso de dicho Juzgado, por lo que de existir dichos fondos suponemos que están a disposición de sus depositantes. Respecto a las declaraciones del Sr. Cabrera Carlos, el mismo abonó en el año 2002 el anticipo del 10% ($5000.-) y de las 96 cuotas restantes abonó a la Empresa las primeras 13 cuotas, adeudando 83 cuotas, el equivalente al 80% de la vivienda. Hizo uso de una casa de valor actual de alquiler $ 9000.- durante 170 meses , lo que da un usufructo de la misma de $ 1.530.000.-, tal vez esa sea una de las razones por la cual la Justicia determinó que esa vivienda era objeto de Subasta Pública por parte del acreedor hipotecario. Listado de los adquirentes que cumplieron con el Contrato y están a la espera que el Sr. Juez instruya que se les otorguen sus correspondientes Escrituras (alguno de ellos adquirentes de más de una vivienda): Roller Javier; Rodriguez Lizariaga María; Santa Ana Noel; Martinez Carina; Castellanos María; Gonzalez Melisa; Rodriguez Néstor; Taverna Miguel; Espina Pablo; Moriones John; Ruiz Ana; Sarmiento Ricardo; Brandes Silvia; Carambia Antonio; Espeche Cecilia; Merlo Alejandro. Por GEOSUR S.A. Eliseo Jorge Moledo DNI 7.670.735 (Nota: Revista La Ciudad)