Declaran de interés municipal y a la Asociación de Padres y Amigos de personas con Discapacidad de Las Heras

Las Heras-, La Concejal Pacheco Vera presentó proyecto de declaración en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto que en la localidad se encuentra la Asociación Civil APADILH. Mediante el mismo pone en consideración, que desde el 20 de Febrero del 2022, se encuentra la Asociación de Padres y Amigos de personas con Discapacidad de Las Heras (APADILH). Hoy cuentan con personería Jurídica para poder crear todo tipo de eventos y hacer recaudación. Es necesario que puedan contar con un espacio físico ya que desde este lugar se trabaja mucho la contención para familiares que tienen personas con discapacidad. Se defienden los derechos de las personas con discapacidad. Gracias a las reuniones con el intendente de nuestra localidad se pudo concretar la sala de psicomotricidad que hoy se encuentra en el CIC Alicia Kirchner,  también buscan la inserción laboral para estas personas. Desde APADILH realizaron gestiones para inserción laboral para dos personas con capacidades diferentes en el área petrolera. Se están haciendo más reuniones con las empresas de esta localidad para que tengan en cuenta el cupo de inserción laboral. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad .El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1: DECLÁRASE de interés municipal y social a la Asociación de Padres y Amigos de personas con Discapacidad de Las Heras (APADILH) ARTICULO 2°: DESE amplia difusión Radial, Televisiva y en Redes Sociales. ARTICULO 3°: DESE a conocer a la Asociación de padres y amigo de personas con discapacidad de Las Heras en todos los medios. PRENSA: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS.

Reconocen El Mérito al Club LAS HERAS F.C. por los logros obtenidos durante estos años

Las Heras-, El Concejal Mercado presentó proyecto de declaración en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto la importancia de reconocer el esfuerzo desinteresado que un grupo de padres, y docentes de nuestra localidad vienen realizando con el Club “Las Heras Futbol Club. Mediante el mismo pone en consideración, que es de vital importancia, acompañar a nuestros jóvenes en la realización de aquel deporte, que los motiva con pasión y entrega. Desde el año 2014 se ha formado en nuestra localidad el club “LAS HERAS, FUTBOL CLUB”, que actualmente cuenta solo con la categoría 2008 y 2009 jóvenes que, con entrega y gran sacrificio, han participado en torneos locales, provinciales, nacionales y patagónicos, dejando en alto el nombre de nuestra querida localidad. Es digno de destacar, el trabajo de contención y estimulación que los profesores CARLOS ALBERTO GARCIA (entrenador), MARCELO VELLIDO (ayudante de campo), y PABLO RASGIDO (preparador físico), realizan día a día con este grupo de jóvenes, que forman parte de LAS HERAS F. C. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad .El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1: : RECONOZCASE EL MERITO a cada uno de los integrantes del cuerpo técnico que forman parte de la institución, “LAS HERAS F.C.”, por la labor realizada y los logros obtenidos durante estos años. – Artículo N° 2: RECONOZCASE como DEPORTISTA DESTACADO, a los 9 jóvenes que conforman el equipo de categoría 2008 de la institución “LAS HERAS F.C.”, por su desempeño, los logros obtenidos y la participación en los distintos torneos mencionados en los considerandos. – Articulo N° 3: SOLICITESE a la secretaria de Prensa y Protocolo del Honorable Concejo Deliberante, la realización de los correspondientes Diplomas de Honor con las leyendas estipuladas en los artículos 1° y 2° de la presente. – Articulo N° 4: DESE A DIFUSIÓN del presente proyecto en los distintos medios de comunicación oral, escrita y digital local. – PRENSA : HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS.-

Se realizó la 1ra sesión en el HCD de Agosto 2023

Las Heras-, En el Honorable Concejo Deliberante, se desarrolló una nueva sesión Ordinaria. La misma fue presidida por el Presidente del H.C.D Sr. Cristian Mercado, con la presencia del Cuerpo Legislativo Vicepresidente 1ro Sr. Jairo Bernacki, Vicepresidente 2do Srita. Constanza Pacheco Vera, Concejal Sra. Daniela Alonso, y desde el área de Secretaria Legislativa la Sra. Nancy Assis y Maby Alan . Con la ausencia del Concejal Sr. Tomas Monteros., por razones inherentes a su función. – Puntos que se trataron; PUNTO Nº 1: APROBACIÓN DE ACTA Nº 923.- (Aprobado) PUNTO Nº 2: PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR EL CONCEJAL MERCADO, PARA RECONOCER EL MERITO DE CADA UNO DE LOS INTEGRANTES  DE “LAS  HERAS FUTBOL CLUB” Y DECLARAR COMO DEPORTISTAS DESTACADOS A LOS 9 JÓVENES QUE CONFORMAN EL EQUIPO DE LA CATEGORÍA 2008 DE LA INSTITUCIÓN.- (Aprobado) PUNTO Nº 3: PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LA CONCEJAL PACHECO VERA, PARA DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y SOCIAL A LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y AMIGOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LAS HERAS (APADILH).- (Aprobado) PUNTO Nº 4: PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LA CONCEJAL PACHECO VERA, PARA AGREGAR A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 900/05 GENERAL DE COMERCIO EL  ARTICULO Nº 378 BIS.- (Aprobado) PUNTO Nº 5: PROYECTO DE DECLARACIÓN PRESENTADO POR LA CONCEJAL PACHECO VERA, PARA DECLARA DE INTERÉS CULTURAL Y MUNICIPAL AL VII FESTIVAL JUVENIL DE TEATRO GURE LOA .- (Aprobado) PUNTO N° 6 ; MOCION SOBRE TABLAS PRESENTADA POR EL CONCEJAL MERCADO, PROYECTO DE ORDENANZA PARA MODIFICAR LA ORDENANZA MUNICIPAL TARIFARIA N° 1735/2022, ARTICULO N° 97 INC 124 B.- Finalizo a las 10:35 Hs. // Prensa: Honorable Concejo Deliberante de Las Heras.-

Se brindó una capacitación de RCP al Honorable Concejo Deliberante

Las Heras-, Se realizó capacitación de maniobra de RCP (reanimación cardiopulmonar) básico y manejo del DEA (desfibrilador externo automático), para el Cuerpo Legislativo y personal del H.C.D, en el recinto de “Héroes de Malvinas “. La misma estuvo a cargo de la Dra. Sandra Cabrera, y del área del Centro de salud “RENE FAVALORO” dependiente de la Municipalidad de Las Heras. El objetivo principal de esta capacitación es que en distintas áreas e instituciones se pueda brindar los conocimientos necesarios para el personal, y que puedan actuar eficaz y eficiente ante cualquier situación de urgencia. Asimismo, se les tomo la presión arterial y glucosa en sangre al personal a modo de prevención. Prensa: HCD

Edil mercado entrego donación de indumentaria a clubes de futbol.

Las Heras-, El miércoles 28 de junio el Presidente del H.C.D Sr. Cristian Mercado, realizó donación de INDUMENTARIA y elementos deportivos, destinada a dos clubes de fútbol de nuestra ciudad ; ESTRELLAS DEL SUR y LAS HERAS FUTBOL CLUB. Es fundamental acompañar a los jóvenes en su formación, y valores que estos trasmiten. El mismo Concejal Cristian Mercado manifestó que; “Hoy realizamos una donación de Indumentaria y elementos deportivos, destinada a dos clubes de fútbol de nuestra ciudad: ⚽️- ESTRELLAS DEL SUR ⚽️- LAS HERAS FUTBOL CLUB. Animandolos a continuar en el deporte y seguir aprendiendo valores que la misma les brinda.

Remises tendrán que portar cartel identificatorio

Las Heras-, El Concejal Mercado presento un proyecto de Ordenanza, en la sesión Ordinaria del día jueves, con el acompañamiento de sus pares. Visto la normativa vigente en la localidad de Las Heras, respecto a la prestación del servicio de transporte de pasajeros en “remises”, a través de las Ordenanzas Municipales Nº398/94, N°866/04 y sus modificatorias, y la necesidad de ampliar los aspectos que rige esta normativa con el sólo efecto de considerar la adopción de medidas que hacen a la seguridad de los pasajeros.. Mediante el mismo pone en consideración, que las Ordenanzas Municipales mencionadas legislan sobre las unidades, destinadas para el servicio de transporte de pasajeros en el servicio de “remises” y, de la revisión de esta normativa, se desprende la necesidad de adecuar su contenido a los efectos de brindar seguridad y confianza al momento de que los usuarios utilicen este servicio. Se considera propicio obligar a los prestadores del servicio, a la colocación de un cartel identificatorio de que tanto la unidad vehicular como sus conductores TITULAR Y AUXILIAR, cuenten con la documentación al día y se encuentra habilitado para el servicio que prestan. Deberán contar con la colocación de un “CARTEL IDENTIFICATORIO”,con datos de la razón social, domicilio fiscal, numero de contacto telefónico, nombre y apellido del titular, chofer y auxiliar de la unidad automotriz, dominio, entre otros datos de interés, el cual permitirá al usuario y autoridad de aplicación competente identificar y controlar de forma eficaz el servicio prestado. Se busca aportar protección al usuario que adquiere la prestación de servicio, generando confianza en la comunidad a la hora de la utilización de un servicio fundamental. Esta necesidad surge debido al fuerte crecimiento demográfico, y el notorio incremento del parque automotor en agencias de remises en la ciudad de Las Heras. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los presentes  Bernacki y Alonso . El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1:  DISPÓNGASE agregar en el apartado DE LOS VEHICULOS de la Ordenanza Municipal N°866/04 en su Artículo 17 la incorporación del Inc. J el cual quedara redactado de la siguiente manera: “Artículo 17° – Inc. J: Establézcase que la autoridad municipal competente podrá obligar a los prestadores de servicio de remises a portar obligatoriamente un “CARTEL IDENTIFICATORIO” -con rúbrica de la autoridad municipal competente- en cada una de las unidades, que tenga como medidas orientativas 15 cm de alto por 20 cm de ancho y sea desarrollado con letra o tipología destacada, debiendo colocarse el mismo en el respaldo del asiento delantero del conductor o acompañante donde conste al menos la siguiente información: Nombre y Apellido del conductor. Foto tipo carnet del conductor. Número de habilitación del vehículo y fecha de vencimiento. Nombre de fantasía de la agencia. Domicilio Fiscal. Razón social comercial. Modelo, Marca y Dominio del vehículo. Numero de contacto de la autoridad de fiscalización (en caso que corresponder). Número de teléfono y/o dirección de reclamo.” ARTICULO Nº2: A los fines del cumplimiento del Artículo 1° del presente instrumento, autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda a reglamentar por Resolución Municipal los términos que así lo requieran para su cumplimiento. ARTICULO Nº3: ESTABLÉZCASE que, una vez notificada la obligación de la colocación del cartel identificatorio por las unidades prestadoras de servicios de remises, corresponderá la aplicación de una multa correspondiente a 782 Módulos al incumplimiento de esta normativa. PRENSA: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS.-

Presentan proyecto social denominado Olimpiadas Juveniles Culturales

Las Heras-, El Concejal Bernacki presento proyecto de Ordenanza, en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto la necesidad de promover actividades que insten a la participación de los jóvenes en el ámbito cultural de nuestra ciudad. Mediante el mismo pone en consideración, que en nuestra localidad la presencia de familias con procedencias de diversas culturas es un hecho contrastado, basta mirar a nuestro alrededor para observar la diversidad cultural en nuestra sociedad. La interculturalidad es una característica que nos motiva a pensar en proyectos sociales, donde se tenga por bandera la igualdad de derechos y de oportunidades entre los diferentes jóvenes que conviven pensando, en los jóvenes como motores del futuro de la ciudad. La realización de actividades integradoras culturalmente, aportarán a un modelo de cohesión social entre diferentes colectivos culturales, y como un importante componente en la lucha contra la exclusión de inmigrantes y grupos minoritarios, para que los vecinos fortalezcan su identidad comunitaria desde el deseo de conocer y dialogar con otras procedencias culturales y formas de vida. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los presentes Mercado y Alonso. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1.ESTABLECER en el ámbito de la ciudad de Las Heras, el proyecto social denominado “OLIMPIADAS JUVENILES CULTURALES”, que tendrá por objeto fomentar el talento, la expresión y el intercambio cultural entre los jóvenes de nuestra localidad, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.- ARTICULO 2°: DETERMÍNASE que las Olimpiadas Juveniles Culturales revestirá el carácter de un evento, a desarrollarse de manera anual en el marco de las actividades que se promuevan para el aniversario de la ciudad (06 Octubre de cada año).- ARTICULO 3°: DETERMÍNASE que las Olimpiadas Juveniles Culturales, podrán incluir diferentes categorías de actividades a los fines de fomentar las expresiones artísticas de sus participantes en distintas disciplinas, incluyendo pero no limitando a la música, danza, teatro, artes plásticas, literatura y cine.- ARTICULO 4°: DETERMÍNASE que la participación en las Olimpiadas Juveniles Culturales será para jóvenes entre 14 y 25 años de edad, cumplidos al momento de la inscripción, pudiendo este rango etario ser modificado oportunamente por la autoridad de aplicación, de acuerdo a los criterios que se dispongan para la realización de determinadas actividades. La edad podrá ser distinta en cada categoría de actividad, en caso de que ello se disponga oportunamente a través de las bases y condiciones de las olimpiadas. ARTICULO 5°: ENCÁRGUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Cultura y Educación y/o del área que estime pertinente, la organización y ejecución de las Olimpiadas Juveniles Culturales instrumentadas por la presente. A tal fin, el Departamento Ejecutivo Municipal queda autorizado a disponer de la adecuación de las partidas presupuestarias necesarias para garantizar el financiamiento que demande el proyecto cultural aquí establecido.- ARTICULO 6°: ENCÁRGUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Cultura y Educación y/o del área que estime pertinente, la formalización de las bases y condiciones de las Olimpiadas Juveniles Culturales en atención a su organización.- ARTICULO 7°: ESTABLÉZCASE que en atención a la naturaleza de las Olimpiadas Juveniles Culturales se podrán determinar premios y reconocimientos para ser otorgados a los participantes más destacados en cada categoría de actividades, con el objetivo de incentivar la excelencia en la creatividad y la expresión cultural.- ARTICULO 8°: COMUNÍQUESE a las entidades educativas, culturales y sociales de la localidad sobre la iniciativa instrumentada por el presente e invítese a los mismos a contribuir con la difusión de la realización de las Olimpiadas Juveniles Culturales.- ARTICULO 9°: COMUNÍQUESE a los entes privados sobre la iniciativa instrumentada por el presente e invítese a los mismos a contribuir como patrocinadores para la realización de las Olimpiadas Juveniles Culturales.- ARTICULO 10°: DESE difusión de las Olimpiadas Juveniles Culturales en los distintos medios de comunicación radial, televisivo y redes sociales a fin de promover una amplia participación por parte de los jóvenes. PRENSA: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS.-

Se realizó una nueva sesión en el HCD, Junio 2023

Las Heras-, Ayer jueves 22 de junio se desarrolló la 2da SESION ORDINARIA del mes de Junio, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de Las Heras. La misma fue presidida por el Presidente del H.C.D el Sr. Cristian Mercado, y con la presencia del Cuerpo Legislativo Vicepresidente 1ro Sr. Jairo Bernacki, y la Concejal Sra. Daniela Alonso, desde el área de Secretaria Legislativa la Sra. Nancy Assis, Maby Alan .Con la ausencia de la Vicepresidente 2do Srita Constanza Pacheco Vera y Concejal Sr. Tomas Monteros por motivos inherentes a su función.- Puntos que se trataron; PUNTO Nº 1: APROBACIÓN DE ACTA Nº 922. (Aprobado) PUNTO N° 2: PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR EL CONCEJAL MERCADO, PARA AGREGAR EN LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 866/04, EN SU ARTICULO 17 EL “ INC.J”, OBLIGATORIEDAD DE “CARTEL IDENTIFICATORIO” EN REMISES.(Aprobado) PUNTO N° 3: PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR EL CONCEJAL BERNACKI, PARA PROMOVER ACTIVIDADES Y/O PROYECTO SOCIAL , DENOMINADO “OLIMPIADAS JUVENILES CULTURALES”. (Aprobado) PRENSA: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS.-

Destacan obra en el predio del Centro de Excombatientes de Malvinas

Las Heras-, El Concejal Mercado presento proyecto de Declaración, en la última sesión Ordinaria y con el acompañamiento de sus pares. Visto la obra que realiza el Municipio de Las Heras, en el predio del Centro de Excombatientes de Malvinas sito en la intersección de las calles 13 de Diciembre y Sarmiento de nuestra Ciudad. Mediante el mismo pone en consideración, que desde el sector municipal de obras públicas se está ejecutando una obra en el predio del Centro de Excombatientes de nuestra ciudad, tendiente a reconocer a nuestros héroes, que hace más 40 años se entregaron con honor a la defensa de la soberanía Nacional en pos de recuperar nuestro territorio más austral. Es importante rendir homenaje a todos nuestros ex combatientes, caídos y veteranos que, con convicción e integridad mayúscula, lucharon por mantener bajo soberanía nacional a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los presentes Bernacki, Alonso y Monteros. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1: : DECLÁRESE de interés municipal la obra que realiza actualmente la gestión municipal en el predio del Centro de Excombatientes de Malvinas sito en la intersección de las calles 13 de Diciembre y Sarmiento de nuestra ciudad para honrar a nuestros héroes que supieron defender con coraje y convicción la soberanía nacional en la histórica gesta de Malvinas, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente. Articulo N° 2: Dese a difusión lo estipulado en la presente, en los distintos medios de comunicación, radial, televisivo y redes sociales. Articulo N° 3 y 4: De forma. – Prensa: Honorable concejo deliberante.

Multaran a quienes no respeten los cortes de calles por agentes de transito

Las Heras-, El Concejal Mercado presento proyecto de Ordenanza, en la sesión Ordinaria del día de la fecha, con el acompañamiento de sus pares. Visto  la inexistencia de una sanción ante la desobediencia, de lo que estipula la Ordenanza Municipal N°1595/19, promulgada en fecha 22 de Noviembre del año 2019, bajo el Decreto N°254/19. La Ordenanza N°1595/19, menciona los horarios estipulados para carga y descarga de vehículos de gran porte de diferentes mercancías en zona urbana. En los horarios establecidos para esta actividad, es meramente necesario el corte de la vía pública durante el tiempo necesario en que se realiza la misma. El mismo es de público conocimiento, llevado a cabo y supervisado por los inspectores de tránsito municipales, quienes realizan el control de carga y descarga de camiones de flota pesada con los dispositivos reglamentarios que deben usarse para tal fin. Recientemente y en reiteradas oportunidades los mismos agentes se ven afectados por personas que no respetan los cortes de calle, que conlleva el trabajo de la seguridad al descargar los transportes. Dícese del corte de calle, puesta de conos, desvío del tránsito, etc. Es de público conocimiento los enfrentamientos ocurridos, donde estas acciones interrumpen el trabajo de los inspectores y hasta se han manifestado hechos de violencia donde debieron ser ayudados por agentes policiales para culminar el trabajo que bajo ordenanza está permitido. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad de criterio de los presentes Bernacki, Alonso y Monteros. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: Articulo N°1: ESTABLEZCASE en el ámbito del ejido urbano de Las Heras multa de 1200 módulos aplicable a quien incumpla las indicaciones de la policía municipal de tránsito y transporte y/o autoridad competente, en el momento de realizar un corte de calle, fuere cual fuere el motivo, como así también a quien no respetase cualquier señalización que indique un corte de calle, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.- ARTICULO 2°: INCORPÓRESE la multa establecida por la presente a la ordenanza tarifaria. ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal y dependencias que correspondan. ARTICULO 4° y 5°: DE FORMA. – Prensa: Honorable Concejo Deliberante LH