Provinciales-, Saber para prevenir | Jueves 16 de abril | Actualización 19 horas. El Ministerio de Salud y Ambiente informa que al momento, Santa Cruz tiene 40 casos positivos de Coronavirus (COVID-19). En la jornada no se informaron nuevos casos positivos en la provincia. Hubo 21 resultados negativos. La cartera sanitaria recuerda a toda la comunidad la importancia de respetar las normas preventivas y el aislamiento preventivo, social y obligatorio. Las autoridades sanitarias de la provincia se encuentran realizando la investigación epidemiológica de los nuevos casos, con el fin de detectar los contactos estrechos para que cumplan el aislamiento con seguimiento diario establecido por protocolo. Cuatro localidades santacruceñas registran casos positivos: 32 El Calafate (*) 6 Río Gallegos (*) 1 Puerto San Julián (*) 1 Pico Truncado (*) Recibieron el alta definitiva ocho casos de El Calafate, uno de Río Gallegos y un caso de Puerto San Julián, al dar negativo el control dos muestras posteriores. De acuerdo a las muestras de casos sospechosos procesados en la jornada 2 negativos Puerto San Julián 1 negativo Rio Gallegos 15 negativos El Calafate 3 negativos El Chaltén Se realizó el análisis de segundas muestras en pacientes de El Calafate y Río Gallegos que resultaron negativas los que reciben el alta de laboratorio. Otros resultaron positivos quienes deben repetir la muestra. Informe epidemiológico: La provincia de Santa Cruz continúa en la fase de contención de la pandemia. Al día de hoy Santa Cruz no registra transmisión comunitaria. Los casos son importados y por contacto estrecho con casos COVID-19 positivo. Los casos con diagnóstico positivo a COVID-19 se concentran en edades entre 30 a 49 años. Respecto a los confirmados, 7 son importados, y 32 son contactos estrechos de casos confirmados, un caso continúa en la etapa de investigación. La distribución por sexo de los casos confirmados es la siguiente: 17 mujeres; y 23 hombres De los casos confirmados: 11 casos corresponden a mayores de 60 años De este grupo 7 fueron hospitalizados, 3 en U.C.I (2 requirieron A.R.M) y 4 en sala común. NUEVA DEFINICIÓN DE CASO SOSPECHOSO COVID-19 | 16 de abril 2020 Criterio 1 Toda persona que presente: Fiebre (37.5 o más) y uno o más de los siguientes síntomas: Tos, Odinofagia, Dificultad respiratoria, Anosmia/disgeusia, sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica Y En los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19 o Tenga un historial de viaje fuera del país o Tenga un historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID-19 en Argentina Criterio 2 Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico Criterio 3 Todo paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra etiología definida y sin otros signos o síntomas. NOTA: Ante la presencia de este como único síntoma, se indicará aislamiento durante 72 horas, indicando toma de muestra para diagnostico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas. Criterio 4 Todo personal de salud y personal esencial, que presente fiebre ó dos o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia, disgeusia. NOTA: ante la detección de casos sin fiebre, se indicará aislamiento durante 72 horas, indicando toma de muestra para diagnostico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.
Archivos diarios:17 abril, 2020
Vidal respondió duramente, ante el comportamiento y la propuesta salarial empresarial.
Provinciales-, El comportamiento y la propuesta empresarial es vergonzosa. Quieren que los trabajadores paguen la crisis. Eso no va a pasar. Ayer realizamos, a través de una videoconferencia, una reunión con todo el sector empresarial de la industria hidrocarburífera de Santa Cruz. Analizamos el contexto mundial en que nos encontramos y la difícil situación que atraviesa el sector petrolero en el país y el mundo. A la sobreoferta de crudo, se le suma la caída de la demanda. Lo primero, se potenció con la guerra de precios establecida por Arabia Saudita y Rusia. Lo segundo, es el resultado de la crisis que generó la pandemia del Coronavirus. ENTENDEMOS LAS DIFICULTADES QUE TENEMOS, PERO HAY UN NÚMERO IMPORTANTE DE EMPRESARIOS NACIONALES, CON MUCHO PODER ECONÓMIMCO Y POLÍTICO, QUE A TRAVÉS DE DISTINTAS MANIONBRAS BUSCAN APROVECHAR LA CRISIS PARA AJUSTAR COSTOS, GASTOS Y SALARIOS. Después de tantos años de desinversión por parte de muchas operadoras, los problemas se hacen más evidentes. Esa falta de inversión impide desarrollar medidas anticíclicas más efectivas y sustentables. Hoy más que nunca necesitamos de la solidaridad empresarial, de respetar los contratos, de asegurar los salarios y los puestos de trabajo. Las pérdidas no pueden recaer únicamente sobre las espaldas de las y los trabajadores petroleros. Entendemos que es muy difícil tomar una decisión que deje contentos a todos, pero en este tipo de situación hay dos cosas que no se pueden dejar pasar, una es la de preservar la salud de los trabajadores y trabajadoras; y la otra que caiga la actividad entre recortes y ajustes. Recordemos que esta actividad mueve a la provincia y al país; además de financiar el sistema de educación, seguridad y salud en Santa Cruz. Los empresarios durante este tiempo han ganado mucho dinero, y lo consiguieron de la mano de los trabajadores. Por ejemplo, grupos petroleros con negocios más extendidos o de menor peso en el mercado nacional, como son Pampa Energía, Vista & Oil, Pan American Energy (PAE), Grupo Techint y Compañía General de Combustibles (CGC), han informado ganancias en 2019. Es momento que se hagan cargo y pongan el hombro. Hoy nos toca atravesar esta situación, y lo tenemos que hacer juntos. Pero es lamentable que lo primero que intentaron hacer desde el sector empresarial fue conseguir un procedimiento preventivo de crisis. Lo hicieron de forma unilateral, sin consultar a los gremios, sin consultar a los trabajadores, sin convocar a una mesa de discusión. Están errados, actuaron mal y quieren actuar peor. QUEREMOS DEJAR EN CLARO QUE HEMOS TOMADO LA FIRME POSTURA DE PELEAR POR LO QUE CORRESPONDE, DE DISCUTIR LO QUE ES JUSTO. De verdad es vergonzosa la propuesta que nos realizaron. Están ofreciendo mucho menos de lo que corresponde, la propuesta es totalmente insuficiente. Por eso hablo del oportunismo de un grupo importante de empresarios. Porque a este ofrecimiento que están haciendo desde el sector empresarial, en muchos de los casos, es menos del 70% del salario. Si a esta reducción del 70% del salario, le sumamos la falta de actualización de la paritaria por el proceso inflacionario anual, sin tener en cuenta abril, les puedo asegurar que esa reducción es mucho mayor. Entendemos que el país, el mundo está paralizado. Que no hay consumo, que sobra petróleo, pero los empresarios tienen una deuda pendiente con los trabajadores, y es momento que cumplan con sus palabras y sus acuerdos. Los trabajadores ya cumplimos, la producción ya la tienen. Señores empresarios, convoquen, ponga fecha para reacomodar el salario de los trabajadores. Hay que ser más solidarios. Les pido a los empresarios mucha más responsabilidad en estos tiempos.
Desde el Concejo piden destrabar las infracciones por el gran acumuló de las mismas
Las Heras-, En el día de ayer se realizó una Sesión Especial de ámbito privado, dada las circunstancias. Por ello el Concejo Deliberante aprueba la Ordenanza por unanimidad de Votos, la Ordenanza presentada por el Concejal Tomas Monteros. VISTO: Las inquietudes y reclamos frecuentes de los vecinos para regularizar faltas e infracciones de comercio, ambiente, tránsito y otras normas vigentes en Las Heras, la emergencia sanitaria y el aislamiento obligatorio según DNU N° 260/2020 y 297/2020 y sus respectivas prorrogas, los Decretos N° 128/20,129/20,142/20 y 143/20, ratificado por la Ordenanzas N° 1601/20, 1523/18 y 957/06, y el Acta N°03/20 del COE Municipal, y ; CONSIDERANDO: QUE, debido al brote viral Covid-19, se declaró a nivel nacional, provincial y local estado de emergencia pública en materia sanitaria a través de DNU N°260/2020, Decreto Provincial N° 0273/20 y Decreto Municipal N° 128/20 respectivamente; QUE, asimismo, conforme al grado de propagación del Covid-19 se estableció aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el territorio de la República Argentina y con ello, distintas medidas preventivas con el objeto de cumplir con la cuarentena por medio de los DNU N° 297/PEN/2020, 325/PEN/2020 Y 355/PEN/2020; QUE, entre las acciones, Decreto N°129/20 se estableció asueto en el ámbito de la Administración Pública Municipal; QUE, por ello el Juzgado de Faltas se mantuvo cerrado hasta el día de la fecha, ocasionando que numerosos vecinos vean impedidos los medios para regularizar multas ocasionadas por infracciones a normas de tránsito, comercio, ambientales y otras durante el periodo de cuarentena obligatoria; QUE, entre los reclamos manifestados, se observan vecinos con necesidad de regularizar su situación por infracciones de distinta naturaleza y, entre otros casos comerciantes con clausuras preventivas que demandan atención a fin de evitar que la mercadería que tienen cumpla un plazo de vencimiento; QUE, asimismo, se tomó conocimiento de la situación de abarrotamiento que se verifica en el corralón de vehículos por secuestro, a los cual debe pronta atención; QUE, habiéndose tomado cuenta de los reclamos de los vecinos, se consultó ante los funcionarios de Comercio y de Transito por el procedimiento de elevación de las actas del Juzgado Municipal de Faltas, a los que verbalmente se informó a este equipo que al encontrarse cerrado el Juzgado no están recibiendo las actas de infracciones y que, su atención se limita a los casos que ese Juzgado entienda como urgente; QUE, también debe tenerse en cuenta que el Comité de Emergencias Local según Acta N° 03/20 encomienda al Juzgado de Faltas que arbitre los medios para operar de manera online o través de guardias mínimas a fin de dar solución a las faltas, multas y secuestros. QUE, el Concejo Deliberante local tiene potestad de fiscalización sobre el Juzgado de Faltas ya que por el Articulo N°8, segundo párrafo de la Ordenanza N° 957/06 se establece “El Poder Ejecutivo Municipal o el Honorable Concejo, en forma conjunta o indistinta, tienen potestades de fiscalización del Funcionamiento del Juzgado Municipal de Faltas y de la actuación de sus miembros”; QUE, además, por Decreto N°143/20 se estableció un procedimiento de pago de multas, que fue ratificado por el Concejo Deliberante local por Ordenanza N° 1609/20 para responder, dentro de la cuarentena obligatoria, a la necesidad de contar con medios que aporten soluciones a las inquietudes de los vecinos; QUE, por esto resulta necesario establecer un sistema excepcional que dé solución a los vecinos respecto a las faltas, infracciones, clausuras y secuestros durante la emergencia sanitaria para evitar las dilataciones propias del procedimiento normal, el cual resulta de imposible cumplimiento; QUE, en consecuencia, se propone facultar al Ejecutivo Municipal a implementar durante el periodo de emergencia sanitaria un sistema excepcional de extinción de acciones por infracciones de cualquier naturaleza, pudiendo proceder en el marco de la Ordenanza N° 1523/18 y toda otra vigente concordante con procedimientos excepcionales; QUE, el sistema de pagos voluntario, fijado por Ordenanza N° 1523/18 lo establece como un sistema “previo a la intervención del Juzgado de Faltas, para cualquier infracción que constituya una falta reconocida por el infractor, que tenga por efecto la extinción de la acción, bajo una instancia administrativa más ágil que la instancia judicial, buscando facilitar el cobro de multas y las gestiones de pago, y dando por extinguida la acción a partir del pago voluntario del infractor, previo al inicio de actuaciones judiciales”; QUE, este sistema no interfiere de ninguna forma con los procedimientos del Juzgado de Faltas ya que prevé la extinción de las acciones derivadas de la infracción en una instancia administrativa anterior a la de dicho Juzgado; QUE, a su vez es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar de manera excepcional liquidaciones de actas de infracciones, levantamiento de clausura y de secuestro, entregadas a vehículos y toda otra acción necesaria para la extinción de acciones, siempre y cuando los infractores hayan abonado y cumplimentado con los requerimientos de las autoridades municipales; QUE, esto brindara canales de pago de infracciones y extinción de acciones que ofrecerán mayor agilidad y celeridad en respuesta a los vecinos; POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA LA ORDENANZA ARTICULO N°1: CREESE EL SISTEMA EXCEPCIONAL DE EXTINCION DE ACCIONES, en virtud de los considerandos del presente. ARTICULO N°2: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a extinguir las acciones derivadas de las infracciones de todo tipo desde el inicio de la emergencia y hasta su fin según Ordenanza N° 1601/ 2020 cuando se cumplen con lo dispuesto en la presente Ordenanza. ARTICULO N° 3: Para poder extinguir las acciones derivadas de infracciones, se deberá abonar la totalidad de las sanciones aplicables a las infracciones detalladas en las actas de infracción labradas, así como también cumplimentar con los demás requerimientos que realice la autoridad municipal. ARTICULO N°4: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las liquidaciones correspondientes con la finalidad de que las sanciones correspondan a las actas de infracción labradas puedan ser abonadas y de tal forma cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 2. ARTICULO N°5: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal …
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Desde el HCD solicitan controles más rigurosos y el Corte Total de la Ruta Pcial 16-Holdich
Las Heras-, En el día de ayer 16 de abril, se realizó la Sesión Especial de ámbito privado, dada las circunstancias. Por ello el Concejo Deliberante aprueba la Resolución por unanimidad de Votos.- Resolución presentada por la Presidente H.C.D; Yapura, Andrea del bloque “Con Vos”. ARTICULO N° 1: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en la persona de la Sra. Gobernadora Dra. Alicia Kirchner, el CORTE TOTAL de la RUTA PROVINCIAL N 16 Las Heras – Holdich – Comodoro Rivadavia, en el límite de la Reserva Municipal Zona Norte, lindero a la Batería de YPF denominada CG7, exceptuando a los Propietarios de Establecimientos Rurales del área de influencia de Las Heras, quienes podrán circular con el permiso correspondiente otorgado por Vialidad Provincial. El Departamento de Vialidad Provincial de la Ciudad de Las Heras, implementaría las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los términos preestablecidos en la norma vigente. – ARTICULO N° 2: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, prevea los medios necesarios para UN CONTROL más RIGUROSO Y ESTRICTO haciendo cumplir los HORARIOS preestablecidos a tal fin, en el Acceso de la RUTA PROVINCIAL N 43, LAS HERAS – PICO TRUNCADO, y LAS HERAS PERITO MORENO. El Ejecutivo Municipal actuara en forma conjunta con las disposiciones del Gobierno Provincial. ARTICULO N° 3: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, prevea los medios necesarios para UN CONTROL más RIGUROSO Y ESTRICTO haciendo cumplir los HORARIOS preestablecidos a tal fin, en el Acceso de la RUTA PROVINCIAL N 18, LAS HERAS – LOS PERALES – RIO MAYO y localidades de influencia. El Ejecutivo Municipal actuara en forma conjunta con las disposiciones del Gobierno Provincial. – ARTICULO N° 4: IMPLEMENTACION, del Ejecutivo Municipal , en el cual se aplicará y respectara la circulación demarcada, mediante una cuadricula para transitar la flota vehicular, para el ingreso y salida del tránsito afectado a prestar servicios en los Yacimientos Petroleros. La cual será obligatorio la hoja de ruta de acceso y circulación: (ingresando por la Ruta N° 18 Los Perales, Ramos Mejía – Paulina Argüello – Isolina Picticar– Ruta N°43 (1) una vía de acceso) – (Ruta N° 18 – ingresando por camino de Tierra girando a la izquierda por el ala Oeste, sería detrás del Barrio 1 de Mayo – llegando a la Ruta N° 43, (2) segunda vía de acceso). La carga de combustible en la Estación VERMAZ tienen el acceso por Calle Güemes Ingresando por Paulino Argüello – Estación SOLITARIO acceso por Ruta N° 43. Quedando pendiente la hoja Ruta para el acceso a talleres, vidriería y lavadero. Quedará terminantemente prohibido utilizar otra vía de circulación en el Ejido Urbano, que NO sea la estipulada. ARTICULO N° 5: COMUNIQUESE y ELEVESE COPIA, al Gobierno Provincial y al Departamento Ejecutivo Municipal, a demás dependencias que correspondan, Regístrese, Publíquese y Cumplido ARCHÍVESE. – ARTICULO N° 6: de FORMA. –
El Municipio dispuso nueva regulación para comercios durante la cuarentena
Las Heras-, La Municipalidad estableció nuevas regulaciones para los comercios de la ciudad, que estarán vigentes desde hoy hasta el 27 de abril. ¿Quiénes pueden trabajar y en qué horarios? El Municipio dispuso nueva regulación para comercios durante la cuarentena Con el objetivo de seguir luchando contra la prevención del coronavirus, la Municipalidad de Las Heras estableció nuevas regulaciones para los comercios de la ciudad, que estarán vigentes desde hoy hasta el 27 de abril. ¿Quiénes pueden trabajar y en qué horarios? TALLERES Talleres, para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y Fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización, para circular, conforme a la normativa vigente. Trabajaran a puertas cerradas, mediante la modalidad de atención a emergencias, debiendo atender 1 (un) solo rodado por turno . GOMERÍAS Gomerias; venta y reparación de neumáticos, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización, para circular, conforme a la normativa vigente. Trabajaran a puertas cerradas, mediante la modalidad de atención a emergencias, debiendo atender 1 (un) solo rodado por turno. COMERCIOS CON ENTREGA A DOMICILIO: Los siguientes rubros enunciados a continuación, deberán trabajar bajo la modalidad de entrega a domicilio, respetando el horario estipulado. Estas actividades no podrán realizar atención al público con las puertas abiertas. a) venta de repuestos, partes y piezas de automotores, motocicletas y bicicletas deberán trabajar únicamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. Apertura: 07:00. Cierre: 19:30. b) Librerías e Insumos de Informática, podrán operar bajo la modalidad de entrega a domicilio. Apertura: 07:00. Cierre: 19:30. c) Mercerías, deberán trabajar a puerta cerrada bajo la modalidad de entrega a Domicilio. Apertura: 07:00 Cierre: 19:30 Ante el incumplimiento de esta normativa, como así también la ordenanza general de comercio 900/05 y los términos del decreto municipal 128/2020 se procederá a la clausura preventiva en resguardo de la seguridad y salubridad. (La Voz Santacrucaña)
Así es el cronograma para comprar según el número de DNI
Las Heras-, La Municipalidad de Las Heras estableció nuevas medidas de seguridad en la compra de insumos a supermercados de la ciudad. Se podrá asistir diferentes días según la terminación del DNI. Con el objetivo de seguir por la prevención del coronavirus, la Municipalidad de Las Heras estableció nuevas medidas de seguridad en la compra de insumos a supermercados de la ciudad. Se podrá asistir diferentes días según la terminación del DNI. Los días lunes, miércoles, viernes y domingo podrán ingresar personas cuyos DNI terminen en números par: 0, 2, 4, 6, 8. Los días martes, jueves y sábado podrán hacerlo las personas cuyos DNI terminen en números impar: 1, 3, 5, 7, 9. Esta norma vale para supermercados e hipermercados, los cuales deberán tener señalización de un metro y medio (1,5m) entre cada personas durante los lugares de espera, tanto dentro como fuera del local. No se deberá exceder el máximo de 20 clientes dentro del local, sujeto a modificación según superficie del establecimiento. Entidades Financieras Asimismo, desde el Municipio establecieron que las entidades financieras, los operadores de cambio, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito podrán realizar atención al público exclusivamente con sistema de turnos y cronogramas. El mismo será así: Lunes: DNI terminados en 0 y 1 Martes: DNI terminados en 2 y 3 Miércoles: DNI terminados en 4 y 5 Jueves: DNI terminados en 6 y 7 Viernes: DNI terminados en 8 y 9 El uso de barbijo tendrá carácter obligatorio, para todo el personal que trabaje en las actividades mencionadas arriba, como así también para los que ingresen en dichos establecimiento, en carácter de clientes. (La Voz Santacruceña)