Provinciales-, Saber para prevenir | Lunes 8 de junio | Actualización 19 horas. El Ministerio de Salud y Ambiente informa desde el inicio de la pandemia Santa Cruz registra un total de 51 casos positivos a coronavirus, de los cuales 50 negativizaron al virus y uno se encuentra activo a la espera de su alta definitiva. Hasta el momento, el número de casos descartados es de 965 en todo el territorio santacruceño. El Ministerio de Salud y Ambiente informa desde el inicio de la pandemia Santa Cruz registra un total de 51 casos positivos a coronavirus, de los cuales 50 negativizaron al virus y uno se encuentra activo a la espera de su alta definitiva. Hasta el momento, el número de casos descartados es de 1025 en todo el territorio santacruceño. Seis (6) localidades registran casos positivos a COVID-19: 34 El Calafate (34 altas definitivas), 7 Río Gallegos (7 altas definitivas), 6 Caleta Olivia (6 altas definitivas), 2 Puerto San Julián (1 alta definitiva), 1 Pico Truncado (1 alta definitiva), 1 Puerto Santa Cruz (1 alta definitiva) De acuerdo a las muestras estudiadas de casos sospechosos resultaron: 2 negativos Rio Gallegos. Asimismo, se procesaron muestras de estudio de vigilancia las cuales resultaron: 12 negativas Río Gallegos 46 negativas El Calafate Informe epidemiológico: La provincia de Santa Cruz continúa en la fase de CONTENCIÓN DE LA PANDEMIA. – Al día de hoy Santa Cruz no registra transmisión comunitaria. – Los casos: 14 son importados y 36 por contacto estrecho con casos COVID-19 positivo. Un caso en estudio. – La edad promedio de los casos es de 42 años, con mayor proporción de hombres 31, que de mujeres 20 – En la provincia hay un total de 50 altas definitivas. IMPORTANTE: Todas las personas que ingresaron a la provincia en estos días deben hacer cuarentena obligatoria durante 14 días, respetando los protocolos existentes en relación a las medidas de cuidado y prevención. Las personas que se encontraban en cuarentena en las diferentes localidades por ingresar a la provincia bajo Declaración Jurada y que cumplieron con los días establecidos de cuarentena continúan cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio según DNU 297/20. Es importante respetar las normas preventivas y el aislamiento preventivo, social y obligatorio. Las autoridades sanitarias continúan realizando la investigación epidemiológica de los nuevos casos, con el fin de detectar los contactos estrechos para que cumplan el aislamiento con seguimiento diario establecido por protocolo. Asimismo es fundamental reconocer si circuló o permaneció por zona definida con transmisión local, por conglomerado ó área de transmisión comunitaria en argentina: debe realizar la cuarentena Es necesario saber que si usted rompe la cuarentena y está en un proceso de incubación de la enfermedad o está en situación de portador asintomático, puede contagiar la misma a otras personas, incluyendo a la población de riesgo. El artículo 205 del Código Penal establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años al que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación del virus. Quien no cumpliere con la obligación de aislamiento será pasible de una sanción aun cuando su accionar no produzca contagio o daño alguno a terceras personas. Asimismo, el artículo 202 del Código Penal establece una pena entre 13 y 15 años de prisión a quienes propaguen una enfermedad peligrosa y contagiosa.
Archivos diarios:9 junio, 2020
Detienen a sujeto que ingreso al almacén Abelito 2
Las Heras-, El día sábado a la madrugada alrededor de las 05:00 hs aproximadamente, ingresaron al local comercial “Abelito 2” frente a la escuela 53. Rápidamente personal de la comisaria seccional segunda logro capturar al masculino identificado como Rivera y con domicilio en B° 96 viviendas. Según fuentes policiales el sujeto tenía en su poder una amoladora, taladro, máquina de soldar y bebidas varias. El sujeto quedo detenido y a disposición del magistrado interviniente.
Prohibiciones en Santa Cruz con el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
Provinciales-, Las prohibiciones para esta nueva etapa en la provincia de Santa Cruz se encuentran establecidas en el Artículo 8°, donde se manifiesta que no están permitidas: Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas. Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes. Cines, teatros, clubes, centros culturales. Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional. Turismo. El nuevo decreto establece la continuidad de las medidas y/o modalidades de funcionamiento dispuestas respecto a las actividades económicas, comerciales, de servicios, industriales, deportivas y recreativas oportunamente habilitadas en el territorio provincial, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes u oportunamente aprobados por la autoridad sanitaria. (Fuente: La Opinon Austral)
Lo nuevo en Santa Cruz con el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
Provinciales-, El Decreto provincial deja en claro que “sin perjuicio de ello, corresponde disponer el aislamiento social, preventivo y obligatorio, así como las medidas concordantes a aquellas, respecto de las personas que ingresaron y/o quienes ingresen al territorio provincial provenientes de otras jurisdicciones, previa intervención de la autoridad sanitaria provincial y por un plazo máximo de catorce (14) días”. Además, y según lo determina el artículo 7 del DNU 520/20 se permite el desarrollo de actividades deportivas en tanto se de cumplimiento a las reglas de conducta generales establecidas en el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio y “siempre que no implique una concurrencia superior a diez personas y con los límites establecidos en el inciso 2º del artículo 9 -que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes- , debiendo la autoridad sanitaria provincial dictar previamente, los protocolos sanitarios pertinentes para la realización de esas actividades”. En el mismo sentido “y a los fines de garantizar la integración y los vínculos sociales y familiares, corresponde autorizar en el ámbito del territorio de la Provincia, la realización de reuniones de hasta diez (10) personas bajo los estrictos protocolos sanitarios en vigencia”. Regreso a lugares de trabajo El Decreto 677/20 también plantea que los Ministros, Ministras y titulares de Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, y Consejo Provincial de Educación “deberán convocar al personal – cualquiera sea su situación de revista- para el cumplimiento de las funciones específicas inherentes a cada área o sector, implementando un sistema de turnos, siempre que no supere el cincuenta por ciento (50%) de la capacidad del espacio físico y conforme los protocolos sanitarios vigentes”. Dispensando “del deber de asistencia a su lugar de trabajo a aquellos trabajadores estatales que se encuentren comprendidos en grupos de riesgo, mayores de sesenta años, embarazadas y quienes que deban permanecer en el hogar para el cuidado de niños, niñas y adolescentes en edad escolar, encuadrados en los distintos regímenes legales vigentes de la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado y personal docente y auxiliares de la educación dependientes del Consejo Provincial de Educación, hasta el 28 de junio inclusive del corriente año”. Y entendiendo que “cuando ambos agentes presten funciones en el ámbito de los Organismos y dependencias públicas precedentemente aludidas, las áreas de personal correspondientes deberán verificar el otorgamiento de la dispensa a uno u otro trabajador, según la modalidad que se establezca”. Deporte y reuniones familiares Entre las cuestiones más destacada, el artículo 4° establece que “se podrán realizar actividades deportivas bajo estrictos protocolos sanitarios específicos, previamente aprobados por la autoridad sanitaria provincial, debiendo dar cumplimiento a las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6”, a la vez que se aclara que esto “no implique una concurrencia superior a diez (10) personas, y manteniendo un distanciamiento mínimo de dos (2) metros entre los participantes.” También en su artículo 5° se autoriza en el ámbito del territorio de la Provincia, la realización de reuniones familiares y/o sociales de hasta diez (10) personas, a cuyo fin se deberán respetar las normas que se establecen en el artículo 6°; quedando “expresamente prohibidas reuniones familiares y/o sociales en domicilios donde se encuentren personas cumpliendo aislamiento social, preventivo y obligatorio, como así también la concurrencia a las mismas de personas que presenten fiebre o algún otro síntoma compatible con COVID-19”. Al respecto de las normas referidas tanto en el artículo 4° como en el 5° se establece que durante la vigencia del Decreto 677/20 y el tiempo que dure el DSPO, “las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales” (Artículo 6°). Los municipios Además, se faculta a las autoridades Municipales y Comunales provinciales a disponer – teniendo en cuenta los informes de evaluación y monitoreo de la situación epidemiológica que se elaboren – la readecuación y/o ampliación gradual del horario de funcionamiento de las actividades comerciales, productivas y/o de servicios habilitadas o a habilitarse, conforme los protocolos sanitarios respectivos y siempre con previa autorización de la autoridad sanitaria provincial. Cabe aclarar que “en ningún supuesto el horario fijado o a fijar podrá superar las cero horas (00:00 horas)” (Nota : La opinión Austral)
Vidal: La reactivación de la industria es nuestra prioridad
Provinciales-, El dirigente recibió al vicegobernador Eugenio Quiroga y el Diputado Elorrieta, y reiteró la necesidad de normalizar la actividad petrolera, con los resguardos sanitarios correspondientes, en vísperas a la mesa de trabajo impulsada desde la legislatura provincial para atender la situación de emergencia del sector. “Es un momento difícil, que exige el compromiso de todos”, puntualizó.. El Secretario General del Sindicato Petrolero, Claudio Vidal, recibió esta mañana al vicegobernador Eugenio Quiroga y al Diputado por SER Santa Cruz, Hernán Elorrieta, autor del proyecto de Emergencia Hidrocarburífera sancionado por la legislatura provincial. “Vamos a plantear la reactivación de la industria, que es una prioridad desde nuestro sindicato, porque no otorga mejores herramientas para defender el salario de los trabajadores” señaló Vidal. El proyecto impulsado por Elorrieta, además de establecer la revisión y el control de los compromisos de inversión de las empresas petroleras y la suspensión de los despidos en el sector por 180 días, comprendió la creación de un Consejo Provincial de Hidrocarburos, con representantes de la Cámara de Diputados, el Gobierno Provincial y titulares del ejecutivo de distintas localidades de la provincia. Dicha medida se enmarca dentro de los esfuerzos que se están realizando desde el Sindicato Petrolero para sostener la actividad en tiempos de pandemia, siendo la institución liderada por Claudio Vidal la única en todo el país en negarse a aceptar la reducción salarial propuesta por las operadoras. A través de un operativo sanitario sin precedentes, destacado incluso por el CONICET a nivel nacional, se establecieron puestos de control en los yacimientos para garantizar la salud de los trabajadores en su retorno a los puestos laborales, y fortalecer el reclamo a las cámaras empresariales de abonar en su totalidad los sueldos de los petroleros.
Maimó y funcionarios provinciales coordinan acciones para los próximos meses
Pico Truncado-, Se trata del vicegobernador Eugenio Quiroga y el Ministro de Gobierno Leandro Zuliani. Dialogaron sobre los protocolos de acción frente al coronavirus, la situación económica del municipio, y coordinaron planes de inversión para avanzar en distintas obras que requieren los truncadenses. El día martes, el Intendente Osvaldo Maimó, junto al jefe de Gabinete Rodolfo Marcilla e integrantes de su equipo de trabajo, recibieron al vicegobernador Eugenio Quiroga y el Ministro de Gobierno Leandro Zuliani, quienes arribaron a Pico Truncado en el marco de una recorrida por distintas localidades de zona norte. Uno de los puntos centrales remitió en continuar coordinando acciones conjuntas entre el gobierno provincial y el municipio, para efectivizar el protocolo preventivo que se puso en marcha buscando frenar la llegada y proliferación del coronavirus. Pero además, se consensuaron prioridades para poner en marcha un plan de inversiones que permita ejecutar distintas obras que requiere la comunidad de Pico Truncado, con el acompañamiento del gobierno provincial. “Desde que asumimos que estamos en constante dialogo tanto con el Intendente Maimó como con el Jefe de Gabinete Marcilla” resaltó Zuliani, enfatizando que “la gobernadora está muy involucrada con la realidad de cada una de las localidades”. Junto a la comitiva provincial, estuvo presente en Pico Truncado el Intendente de Caleta Olivia, Fernando Cotillo.