Las Heras-, «Hoy podría estar el resultado oficial del Test sobre el trabajador Petrolero», así lo manifestó el Director del hospital el Dr Néstor Hernández en Redacción Noticias – Canal 3. Hernandez confirmo el Test que se realizó en un laboratorio privado local y que se envió la muestra oficial a Caleta Olivia y que hoy jueves podrían estar los resultados. También en la nota manifestó que sea el resultado que sea, sacaran un comunicado de prensa informando a la comunidad. El Doctor manifestó que; todo lo que se generó es por la especulaciones y las redes sociales, donde lo mejor que hay que hacer es esperar a los partes oficiales, por ejemplo, cuando ocurrió todo esto, ya todos compartían cosas y el trabajador petrolero ni siquiera había llegado al hospital.
Archivos diarios:20 agosto, 2020
Yapura pide a las autoridades provinciales la prohibición del personal de Chubut
Las Heras-, La Edil Yapura solicita al Dip. por pueblo Hernán Elorrieta mediante resolución gestiones correspondientes para prohibir el acceso al personal del Chubut a yacimiento los perales.- Con respecto a la disposición que plantea la Operadora YPF , en ingresar personal de la Provincia de Chubut radicados en Sarmiento para realizar actividades laborales en Yacimiento Los Perales. En mi carácter de Presidenta del Honorable Concejo Deliberante de Las Heras, le solicitó mediante Resolución al Diputado por Pueblo Sr. Elorrieta Hernán, gestionar ante el Ministerio de Producción de la Provincia de Santa Cruz, a los fines de comunicarle que resuelvan de forma urgente las medidas acogidas por parte de la Operadora, que faculta a los trabajadores de Chubut a ingresar a trabajar al Yacimiento, exponiéndonos al contagio del COVID-19 a toda la comunidad de Las Heras. Solicito y exijo al Gobierno Provincial, Ministerio de la Producción y al Diputado por Pueblo prohíban el ingreso al Personal del Chubut. Hoy como desde el principio, considero fundamental proteger y resguardar la Salud de cada Habitante de nuestra Comunidad. Saluda atentamente. Andrea Yapura Presidente HCD.-
Avanza la construcción de la garita de ingreso
Las Heras-, La garita de control de ingreso a Las Heras continúa a buen ritmo. La misma será esencial para saber quiénes entran y salen de la ciudad, monitorear mediante cámaras de vigilancia, así como controlar la documentación y tránsito a todas horas. La obra consta de unos 300 m2 y va a garantizar más seguridad para todos los vecinos de Las Heras. Pronto va a estar finalizada.
Avanza la obra de la proveeduría petrolera en Pico Truncado
Regionales-, Claudio Vidal recorrió las instalaciones del complejo de la Mutual “12 de Septiembre”, donde se están ultimando detalles para habilitar una boca de expendio. Desde la proveeduría, se otorgarán precios diferenciales para los afiliados petroleros, y de otros sectores laborales que puedan sumarse, a través de convenios. “Abaratar los costos de la canasta básica, también es mejorar la capacidad adquisitiva de los trabajadores” señaló el dirigente sindical.. Promediando la semana, el Secretario General del Sindicato Petrolero, Claudio Vidal, recorrió las instalaciones de la proveeduría de la Mutual 12 de Septiembre, donde se están realizando ampliaciones La proveeduría se encuentra emplazada en el predio del camping petrolero de Pico Truncado, reutilizando las instalaciones del espacio que se utilizaba como Salón de Usos Múltiples de la entidad estatal, antes de la edificación de la imponente sede ubicada en el acceso oeste de la ciudad. Tras iniciarse el proyecto para abaratar el costo de la canasta básica, se definió la instalación de un expendio en el Salón de Usos Múltiples, que ya era utilizado por la Mutual como base operativa. Al considerarse el proyecto como de gran potencial de crecimiento, el Secretario General decidió extender la superficie cubierta para ampliar el depósito de mercadería, por lo que se están realizando obras adicionales en el predio adyacente al que ya se encontraba edificado. En esta oportunidad, Vidal recorrió los avances de la edificación acompañado por Pablo Anabalón, integrante de Comisión Directiva; y Franco Sáez, colaborador sindical responsable de la obra. UN BENEFICIO COMUNITARIO “Nuestro objetivo inicial, desde que creamos la Mutual 12 de Septiembre, tuvo que ver con ofrecer un respaldo social a la labor que realizamos desde el Sindicato, para los petroleros. Pero en este caso, ya garantizadas las prestaciones a nuestros afiliados, nos pareció importante abrir el beneficio para toda la comunidad” detalló Claudio Vidal. En este sentido, el dirigente resaltó que se están realizando periódicamente convenios con sindicatos hermanos, para poder extender la afiliación a la Mutual, y aprovechar los beneficios de la proveduría. También se mantuvieron reuniones con representantes de trabajadores estatales, a nivel municipal y provincial. Actualmente, se concluyeron las obras en el salón de venta, que abastecerá inicialmente de alimentos no perecederos, e irá avanzando paulatinamente en la incorporación de frutas, verduras, fiambres, lácteos, artículos de limpieza y carnicería. Los trabajos que se están desarrollando en el terreno adyacente, consisten en la finalización de un depósito de una amplia superficie, que sirva como enclave logístico para la distribución de mercadería hacia las distintas localidades de la región, donde también se instalarán proveedurías.
51 niños de Comodoro y Rada Tilly están contagiados de coronavirus
Regionales-, Así lo confirmaron desde el Área Programática Sur de Chubut, donde indicaron las recomendaciones a tener en cuenta para los festejos «a la distancia» por el Día del niño. Este sábado pasado, desde el Área Programática Sur notificaron un total de 51 casos activos en niños de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly. Un dato a tener en cuenta en medio de los festejos que se llevarán adelante por el Día del Niño. Allí recomiendan realizarlos «a la distancia», vía online, para evitar la propagación del virus en nuestra provincia. «Este domingo en Argentina se celebra el Día del Niño. Sin embargo, esta vez te pedimos que los agasajes a la distancia: enviale un regalo, saludalo, hacerlo sentir importante, pero no lo visites. Es importante mantener el distanciamiento social y evitar besos, abrazos y mimos», detallaron en su publicación. Asimismo, remarcaron que por la pandemia del coronavirus, en el aglomerado Comodoro Rivadavia – Rada Tilly las reuniones familiares están suspendidas. (Nota: ADN Sur)
Gobierno provincial ordena cerrar los casinos en todo el territorio santacruceño
Provinciales-, El nuevo decreto firmado por la gobernadora Alicia Kirchner es el 997/20. extiende el aislamiento y el distanciamiento en ciudades como la de Caleta Olivia hasta el 30 de agosto. El mismo adhiere a los términos del DNU Nº 677, quedando alcanzadas todas las localidades que integran el territorio provincial por las normas que componen el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio , con limitaciones específicas para las localidades de Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate y Puerto San Julián. Además se determina que Río Gallegos continuará regida por las normas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 30 de agosto. El Decreto lleva la firma de todos los ministros y consta de 4 títulos con sus respectivos capítulos. En ellos se establecen nuevos horarios para los comercios, delibery y se autorizan salidas recreativas según modalidad específica, entre otras cuestiones. En su título 1 DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, se establece que las disposiciones que regulan el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio serán aplicables en las localidades que integran la provincia de Santa Cruz con excepción de la ciudad capital Río Gallegos y tendrán una vigencia desde la fecha del dictado del presente hasta el día 30 de agosto inclusive del corriente año. En el Capítulo 1° se determinan las DISPOSICIONES ESPECIALES DENTRO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO PARA LAS LOCALIDADES de 28 de Noviembre, Río Turbio, El Calafate, Puerto San Julián y zonas de influencia. En él se detallan las especificaciones para estas ciudades. En este sentido se fijan las limitaciones a la circulación de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, conforme a la modalidad que se detalla en el artículo 8°. En el siguiente artículo se establece que el funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 10:00 hs hasta las 20:00 hs, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial. Las prohibiciones están establecidas en los artículos 11 y 13; mientras que en el 12 se determina la suspensión del funcionamiento de casinos y salas de juegos (en las localidades que tengan habilitado dichos rubros), así como la realización de las actividades deportivas en clubes y/o gimnasios de las localidades de 28 de Noviembre, Río Turbio, El Calafate, y Puerto San Julián hasta el día 30 de agosto inclusive del corriente año. En el mismo sentido quedan suspendidos por el mismo plazo -en el ámbito de las localidades aludidas precedentemente- todo tipo de encuentros religiosos. En el Capítulo 2 se encuentran las DISPOSICIONES COMUNES DENTRO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO del resto de las localidades. Se recuerda la prohibición de reuniones o encuentros sociales de todo tipo y se establece que la infracción de esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación . En su artículo 23° se destaca que que si se verificare en las localidades alcanzadas por Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio una señal de alarma epidemiológica o sanitaria dentro de su jurisdicción, los Centros Operativos de Emergencia Local quedarán facultados para requerir al Poder Ejecutivo Provincial se excluya de las disposiciones antes mencionadas, y pasen a ser alcanzados por el marco normativo del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio , a cuyos efectos se dará intervención inmediata a la autoridad sanitaria provincial para evaluar su procedencia. En cuanto al Título 2 del Decreto DEL AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO; se determina que las disposiciones que regulan el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio serán aplicables en la ciudad capital Río Gallegos y zonas de influencia. Las presentes medidas tendrán una vigencia desde el día 17 de agosto hasta el día 30 de agosto inclusive del corriente año. En su artículo 28° se establece la ampliación horaria de comercios. En este sentido se determina que el funcionamiento de las actividades y servicios habilitados en la ciudad de Río Gallegos se efectuará según la siguiente modalidad: i.- Supermercados desde las 08:00 hasta las 19:00 hs; ii.- Comercios de cercanía de productos alimenticios y artículos de limpieza desde las 08:00 hs hasta las 21:00 hs; iii.- Farmacias: horario corrido desde las 08:00 hs hasta las 21:00 hs; iv.- Comercios en general bajo venta de plataforma electrónica y/o telefónica mediante la modalidad de entrega a domicilio (venta de ropa, jugueterías, regalarías, accesorios, etc) desde las 10:00 hs hasta las 19:00 hs, que se realizará conforme la habilitación que especifique la autoridad municipal; v.-El servicio de delivery de comidas elaboradas funcionará hasta las 22:00 hs. Se deja establecido que los adultos mayores y personas de riesgo tendrán prioridad de atención desde las 12:00 hs hasta las 14:00 hs. Además, todas las actividades y servicios detallados deben cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia. Quedarán exceptuados del horario establecido las estaciones de servicio para expendio de combustible así como farmacias de turno, los que prestarán servicios en sus horarios habituales. Se establece que queda prohibido, en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, almuerzo o cualquier otro tipo de actividad que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos (2) metros entre los concurrentes y sin ventilación adecuada del ambiente. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios para dar cumplimiento a lo establecido. Por otra parte en el artículo 29° y a los efectos de realizar las salidas autorizadas las personas deberán circular en el ámbito de la ciudad de Río Gallegos y zonas de influencia en los horarios preestablecidos en el artículo anterior y de acuerdo a la terminación del número de Documento Nacional de Identidad conforme la siguiente modalidad. También se establece que en beneficio de la salud y bienestar psicofísico de las personas, se permitirán salidas en carácter …
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