Nacionales-, Es un proyecto de ley impulsado por el diputado nacional Alejandro Finocchiaro (Juntos por el Cambio), ex ministro de la última parte del gobierno de Mauricio Macri, El proyecto ingresó hace 2 semanas a la Cámara de Diputados de la Nación y busca declarar a la Educación como Servicio Estratégico Esencial, lo que implicaría que como en hospitales, al momento de paros se tenga que cumplir con guardias, El proyecto está pensado para todos los niveles de la educación, que tengan obligatoriedad. La idea busca que el 50% del personal docente esté cumpliendo servicios los días de paro. «Tenemos que poner en crisis que determinados gremios puedan hacer 25 paros en un año. Eso está mal. Debe haber una causa extremadamente grave para convocar a una huelga. No me cabe duda que entre el derecho a la educación y el de la huelga, yo estoy a favor del derecho a la educación. Los únicos beneficiados del sistema educativo deben ser los chicos”, señaló Finocchiaro a INFOBAE. El proyecto de ley entró a diferentes comisiones, donde ahora espera la opinión del Frente de Todos, y demás sectores.
Archivos diarios:31 mayo, 2022
Corte de luz quemaron placas que son generadoras de tono de la Telefónica
Las Heras-, La Central Telefónica comunica a sus abonados que debido a una entrada de corriente eléctrica por el corte de luz que tuvimos en la localidad, se encuentra comprometida LA CENTRAL SDE SIEMENS CON NUMERACIÓN “4974”. Se quemaron placas que son generadoras de tono, para cada abonado. Por el momento todos los abonados que comiencen con numeración 4974XXX se encuentran sin servicio telefónico. Estamos trabajando intensamente a fin de resolver este serio inconveniente y restablecer el servicio en su totalidad. #IntendenciaJosemaCarambia
Juzgado Civil informa sobre como procede ante la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes
Las Heras-, El Juzgado Civil de Las Heras, publicó una INFORMACIÓN de suma importancia para la comunidad. ¿Cómo se procede ante la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes?. De conformidad con lo establecido por la Ley Nacional de Protección Integral nro. 3062, el organismo de protección local –Área de la Niñez Municipal de cada localidad- es el encargado de adoptar las medidas necesarias cuando los derechos de los niños, niñas y adolescentes se encuentren amenazados o vulnerados. ¿Qué tipo de medidas puede adoptar el Organismo de Niñez? MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS: Por medio de ellas, se busca que los niños, niñas o adolescentes se preserven dentro del seno familiar, brindándole asistencia psicológica, económica, legal y otras a los fines de hacer cesar la problemática por la que atraviesa. ¿En qué pueden consistir estas MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS? *Aquellas tendientes a que las niñas, niños o adolescentes permanezcan conviviendo con su grupo familiar; *Incluirlos en programas de fortalecimiento y apoyo familiar. *Seguimientos en el domicilio. *Entrevistas psicológicas a los fines de brindarles herramientas necesarias para abordar la problemática. *Asistencia económica. *Garantizar la inclusión y permanencia en programas de apoyo escolar. *Etc. El otro tipo de medidas que puede adoptar el organismo de niñez municipal, son las llamadas: MEDIDAS DE CARÁCTER EXCEPCIONAL: Son aquellas que se adoptan cuando las niñas, niños y adolescentes: – Se encuentran temporal o permanentemente PRIVADOS DE CONTINUAR EN SU MEDIO FAMILIAR -UNICAMENTE POR SITUACIONES GRAVES, como por ejemplo sufrir violencia física o psicológica, estado de abandono en el hogar, etc.-. Son LIMITADAS EN EL TIEMPO y sólo se pueden prolongar mientras persistan las causas que les dieron origen. Están sujeta al control judicial, con la posibilidad participación de todas las personas involucradas con la medida. ¿Cómo es el procedimiento? Detectada la vulneración, el área de la niñez municipal local mediante acto administrativo debidamente fundado adopta esta medida de carácter excepcional. Dentro de las VEINTICUATRO (24) horas, se DEBE poner en conocimiento del Juzgado competente en materia de familia. Este Juzgado, realiza un CONTROL DE LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL ADOPTADA, lo cual implica que se evalúa su procedencia y en su caso, determina la continuidad, modificación y/o cese de éstas. ¿Qué derechos le asisten a los progenitores, tutores y/o responsables de los niños/as/ adolescentes? Pueden acudir a la justicia – para aportar pruebas, requerir o manifestar lo que consideren con relación a la medida adoptada, siempre por intermedio de abogada o abogado particular u oficial gratuito (a fin de asegurar una debida defensa) -. La falta de recursos económicos, no debe ser obstáculo para el acceso a la justicia. Motivo por el cual, podrá asistir a las Defensorías Públicas de cada localidad -si la Defensoría no puede asistirlo, podrá contactarse con las otras que se indican- y requerir el asesoramiento jurídico gratuito pertinente. A tales efectos, se pone en conocimiento los siguientes datos de utilidad: DEFENSORÍA PÚBLICA OFICIAL DE LAS HERAS: Dirección: Barrio Aramburu, Casa 3, Las Heras. Email: defensoria-lh@jussantacruz.gob.ar DEFENSORÍA PÚBLICA OFICIAL DE PERITO MORENO: Dirección: 25 de Mayo 1369, Perito Moreno. Email: defensoria-pm@jussantacruz.gob.ar DEFENSORÍA PÚBLICA OFICIAL DE LOS ANTIGUOS: Dirección: Picaderos 68, Los Antiguos. Email: defensoria-la@jussantacruz.gob.ar
Asamblea petrolera en casa de Gob. “Si alguien se tiene que ir es Interoil, no los trabajadores
Provinciales-, Referentes del Sindicato del Petróleo y Gas Privado realizaron una masiva asamblea frente a la sede del gobierno provincial, exigiendo respuestas en relación a los distintos reclamos que se vienen realizando a la empresa Interoil en distintas áreas de zona sur. “No queremos más ministros pecho fríos que no defiendan a los trabajadores santacruceños”. Con presencia masiva de trabajadores, se realizó hace instantes una asamblea frente a la casa de gobierno, reclamando “mayor compromiso y responsabilidad” a la gobernadora y los ministros, en relación a la lamentable situación que se vive con la empresa Interoil, en distintas áreas de la zona sur provincial. “No se puede permitir que entreguen áreas a empresas que vienen a experimentar con nosotros. Eso pasa porque hay un gobierno provincial que se lo permite, diputados aliados al gobierno de turno. Queremos decir que no se equivoquen, el petróleo no es de ellos, el gas no es de ellos, las reservas petroleras son de los santacruceños y ellos la están entregando. Es una vergüenza, tendría que haber ministros detenidos, porque están dejando que se roben los recursos de los santacruceños” manifestó Guenchenen. Desde la institución sindical, se decidió acatar la conciliación obligatoria dictaminada por nación, y se levantó la medida de fuerza. “NO QUEREMOS MÁS MINISTROS PECHO FRIOS” Otro de los discursos más elocuentes fue el de Pedro Luxen, también integrante de Comisión Directiva, quien señaló que “acá hay un responsable, y es el Instituto de Energía, que en enero del 2020 entregó estas áreas a una operadora que ni siquiera conocía dónde estaban los yacimientos. Y el resultado lo tienen acá: un yacimiento completamente destrozado, cuando en el 2016 la producción era 10 veces más”. “Los que tenían que controlar no lo hicieron, y hoy se esconden y no dan la cara. La respuesta del gobierno es que hacemos política. Pero si hacer política es contar la realidad y el desastre que hicieron las operadoras petroleras, entonces sí, estamos haciendo política” agregó Luxen. “Si no están a la altura de las circunstancias deben dar un paso al costado. No queremos más ministros pecho-fríos, que no defiendan a los trabajadores santacruceños” finalizó
Canal 2 debe retrotraer los despidos, tras conciliación Obligatoria con SATSAID..?
Regionales-, Conflicto de los trabajadores despedidos en la empresa Canal 2 Caleta Video Cable. Tras la medida de paro adoptada por los trabajadores que se desempeñan en la empresa en conflicto, el Ministerio de Trabajo de la provincia de Santa Cruz dictó la Conciliación Obligatoria y citó a ambas partes para este martes a las 12 del medio día para dirimir el conflicto entre Canal 2 Caleta Video Cable y sus trabajadores. Esta nueva instancia de negociación entre las partes, los trabajadores no podrán “adoptar medidas de acción directa”. Esto quiere decir que se debe volver a la situación anterior al inicio del conflicto. Por otro lado, también se puede dar marcha atrás con decisiones empresariales como los despidos que dieron inicio al conflicto, lo que llevó al gremio Satsaid Santa Cruz a reclamar en beneficio de los trabajadores.
El abogado Nanni pedirá el Sobreseimiento de Soloaga
Regionales-, Con el aporte de pruebas que desmienten la acusación de abuso sexual simple. En una nota periodística realizada por Ricardo Duarte y Carlos Acosta para el programa “El Ultimo que Apague la Luz” que se emite por Radio San Jorge 96.5 de Caleta Olivia. El doctor Heraldo Nanni, abogado penalista de Caleta Olivia asumió hace un mes la defensa del Comisionado de Fomento de Cañadón Seco, Jorge Marcelo Soloaga, a quien el juez de instrucción N° 2, Gabriel Contreras, procesara por el delito de presunto abuso sexual simple. Vale recordar que el magistrado consideró válido el resultado de uno de los tres peritajes psicológicos que se le practicaron a la joven que lo denunciara formalmente en marzo de 2020, manifestando que la ofensa hacia su persona había ocurrido en el año 2017. El jefe comunal, que en un principio tuvo el patrocinio de una defensora oficial, recusó al magistrado atribuyéndole parcialidad y prejuzgamiento y solicitó su apartamiento, pero esa medida no prosperó y consecuentemente la causa continúa sustanciándose en el mismo juzgado. En declaraciones periodísticas formuladas al finalizar esta semana, Nanni confirmó que pedirá el sobreseimiento de su defendido ya que luego de haber tenido acceso al expediente y analizarlo detenidamente, se presentaron nuevas pruebas para demostrar su inocencia, algunas de las cuales son declaraciones testimoniales claves. Además, resaltó que aún se espera conocer los resultados de las pericias que se hicieron al teléfono celular de Soloaga que por disposición del juez le fue requerido, las cuales permitirán demostrar que no hubo ningún tipo de contacto o mensaje con la querellante, a lo que se sumarán otras medidas probatorias que hemos requerido”. A LA ESPERA DE INFORMES CLAVES Por otra parte indicó que si bien el Juez de Recursos rechazó el pedido de separación del magistrado de instrucción, “también consideró que era conveniente que se sigan produciendo nuevas medidas probatorias, teniendo en cuenta el descargo que había efectuado Soloaga al momento de presentarse a indagatoria”, ello, por ejemplo, pondría en evidencia que los mensajes que circularon en su momento en redes sociales y algunos medios serían falsos. “Hemos ampliado, puntualizó, las pruebas que oportunamente presentara la defensora oficial, cuyo trabajo fue excelente, y ahora estamos esperando los informes que requerimos tanto al Consejo Agrario como a YPF y a algunas empresas privadas que están relacionados por las declaraciones que hicieron tanto la denunciante como mi defendido”. Al requerírsele mayores precisiones, señaló que la mujer había manifestado que la habían despedido de su empleo en YPF, al igual que a su madre en la comisión de fomento y su pareja (de la joven) de una empresa privada, en todos los casos a requerimiento del jefe comunal. En ese punto, el letrado dejó en claro que la joven quedó cesante en diciembre de 2019 y su madre en similar época ya que ocupaba un cargo político, el cual no le fue renovado. “Por ello -añadió-, teniendo en cuenta que la denuncia de abuso data de marzo de 2020, vamos a acreditar que es imposible que los despidos de la denunciante y su madre tengan relación alguna con la denuncia de abuso y además, la pareja (de la joven) fue despedida de una empresa privada sobre la cual Jorge Soloaga no tiene ningún tipo de influencia”. MENSAJES INCONSISTENTES Más adelante hizo hincapié en lo atinente a supuestos mensajes que a través de telefonía celular su defendido habría hecho a la joven habiéndose llegado a la conclusión que “los de ida y vuelta” parecen haber sido hechos por una misma persona. “Incluso detectamos una cierta adulteración de una fotografía, razón por la cual hemos pedido que se haga una minuciosa pericia en el celular de Soloaga para demostrar que del mismo no se emitió ningún mensaje, en tanto que la joven argumentó haber perdido el suyo” y por otro método solo conservó alguna que otra captura. Al ser consultado respecto a la pericia psicológica que validó el juez de instrucción, dijo que dentro de un plano jurídico, una instancia de este tipo “no establece criterios de veracidad ni de credibilidad de un relato” y solamente ofrece indicadores acerca de si alguien está frente a una persona que puede tener alguna sintomatología relacionada con el abuso sexual. Pero el abogado también consideró conveniente que se sepa públicamente que otra pericia alude a una posible simulación o patología “de aparentar malestar psicológico y crisis de identidad”. A ella se suma una tercera que determina una dificultad para ordenar pensamientos y consecuentemente no pudo establecerse que haya existido un efecto postraumático al supuesto caso de abuso denunciado en 2020. Nanni también reveló que en esa denuncia, la joven también manifestó que había experimentado un abuso sexual cuando tenía 12 años, por lo cual debe analizarse si hizo una traspolación temporal de ese hecho. TESTIMONIOS QUE DESMIENTEN Por otra parte sostuvo que si bien debía respetar el criterio que adoptó el juez Contreras para procesar a Soloaga, también entendía que no ha tenido en cuenta otras circunstancias probatorias muy importantes. En ese sentido trajo a colación los testimonios de dos mujeres que trabajaban en la Comisión de Fomento y estaban cerca de la oficina del jefe comunal, las cuales desmintieron los dichos de la denunciante quien aseguró que se retiró asustada y a los gritos. “Por el contrario, las dos testigos declararon que se retiró con tranquilidad e incluso una de ellas la acompañó hasta el exterior para fumar un cigarrillo. Además ahora está la declaración de una señora que servía café a todas las personas que acudían a charlar con Soloaga a su oficina y es contundente el hecho que nadie visualizó nada compatible con gritos o llantos”, afirmó. El letrado ofreció otros detalles que serían extensos de describir, pero evaluó que serán suficientes para afirmar la estrategia jurídica que haría cambiar el auto de procesamiento que “es una resolución provisoria y puede ser modificada en cualquier etapa de la instrucción de la causa”.