Mercado solicita equipamiento tecnológico para detección de infracciones de tránsito

Las Heras-, A través de la página del Honorable Concejo Deliberante, se dio a conocer la presentación del PROYECTO DE ORDENANZA por parte del Concejal Mercado. El Proyecto de Ordenanza manifiesta sobre la Ley Nacional N° 24.449, la Constitución de la Provincia de Santa Cruz, la Ley Nº 55, la Ordenanza N° 1655/2020, el Código de Faltas Municipal.. Mediante el mismo pone en consideración, que resulta de público conocimiento la necesidad de implementar acciones inmediatas tendientes a prevenir y evitar la siniestralidad en el ejido urbano. Los principales factores que coadyuvan a la siniestralidad resulta ser la inobservancia generalizada de las velocidades máximas determinadas para el tipo de vía de circulación y la falta de respeto de los semáforos, por lo cual resulta conveniente que las políticas de prevención de siniestros estén acompañadas de sistemas que permitan el adecuado control de dichas infracciones de tránsito. A tales fines, resulta propicio promover la implementación de sistemas tecnológicos en lo que respecta a la detección de infracciones de tránsito a los fines de garantizar un control eficiente con el correspondiente respaldo documental respecto a la comisión de infracciones, pudiendo usarse sistemas detectores de exceso de velocidad, salto de semáforos en rojo, uso indebido de carril, registro visual y/o fotográfico de infracciones, captación de parámetros de tráfico por tecnología de visión artificial, reconocimiento de matrículas, entre otros sistemas automáticos, semiautomáticos o cualquier otro medio tecnológico de utilidad sean fijos o móviles. En tal sentido, un óptimo control del tránsito vehicular torna necesario adecuar la normativa vigente, a fin de posibilitar el contralor, juzgamiento y aplicación de penalidades relativas al tránsito vehicular sobre el ejido urbano mediante el uso de sistemas automáticos, semiautomáticos o cualquier otro medio tecnológico de utilidad para la detección de infracciones de tránsito ya sean fijos o móviles. La modernización en materia de control de tránsito vehicular en orden a la implementación de sistemas automáticos, semiautomáticos y/o cualquier otro medio tecnológico apto para tal fin resultó muy beneficioso en distintas localidades en lo que respecta a las políticas preventivas sobre siniestralidad. A su vez, la implementación y uso de estos sistemas tecnológicos para detección de infracciones de tránsito se complementará con el sistema de video vigilancia que lleva adelante el municipio a través de la Guardia Urbana Municipal en distintos puntos de la localidad y el control tradicional de tránsito a los efectos de lograr un control integral en esta materia. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad. El citado instrumento legal, en su parte reza lo siguiente: ARTICULO N° 1: DISPÓNGASE, en el ámbito del ejido urbano de Las Heras, el uso de sistemas automáticos, semiautomáticos y/o cualquier otro medio tecnológico para detección de infracciones de tránsito, ya sean medios fijos o móviles. ARTICULO 2°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar adquisición de equipamientos y/o suscribir convenios a los fines de cumplir con lo establecido por el artículo 1° del presente instrumento mediante la implementación y utilización de los sistemas automáticos, semiautomáticos y/o cualquier otro medio tecnológico para detección de infracciones de tránsito que estime convenientes. ARTÍCULO 3º: El régimen sancionatorio para faltas por infracciones de tránsito constatadas mediante sistemas automáticos, semiautomáticos y/o cualquier otro medio tecnológico para detección de infracciones en el marco del presente instrumento, es el establecido en el Código de Faltas y/o el que en el futuro lo sustituya. El procedimiento sancionatorio será el establecido en la Ordenanza N° 1655/2020 y/o sus modificatorias y complementarias. ARTICULO 4°: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar los términos de la presente a los fines de su aplicación.

Edil Marcado solicita conmemorar a “MARTIN MIGUEL DE GÜEMES”

Las Heras-, El Concejal Mercado presento un Proyecto de Resolución a sus pares, donde manifiesta la necesidad de conmemorar este año 2021, los 200 años del paso a la inmortalidad de Martin Miguel de Güemes.. Mediante el mismo pone en consideración, que este gaucho es una figura central en nuestra lucha independentista y camarada fiel de nuestro gran prócer Manuel Belgrano. Junto a sus gauchos abatió a siete tropas defendiendo el norte argentino de la avanzada de los españoles. En su lecho de muerte, este mártir de la libertad, confió su lucha a sus gauchos, quienes defendieron la Patria con valor y nos ha dejado un legado de honor, ideales y libertad, llevando nuestra insignia en lo más alto. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad. El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente: ARTICULO N ° 1:ESTABLÉZCASE, durante el año 2021, implementar en todos los documentos oficiales de la Municipalidad y del Concejo Deliberante la leyenda: “Año del Bicentenario del Héroe Gaucho Martin Miguel de Güemes”.- ARTICULO N° 2): FACÚLTESE, a la Secretaria de Prensa y Protocolo a la creación del logo del “Año del Bicentenario del Héroe Gaucho Martin Miguel de Güemes”, en orden a lo expuesto en los considerando de la presente.- ARTICULO N° 3): INVÍTESE, a los demás Concejo Deliberante de la Provincia de Santa Cruz a adoptar medidas similares, tendientes a utilización del logo “Año del Bicentenario del Héroe Gaucho Martin Miguel de Güemes” en los Documentos Oficiales, del Departamento Ejecutivo Municipal y Honorable Concejo Deliberante de cada localidad de la Provincia y demás reparticiones públicas. – ARTICULO Nº 4º): DESE DIFUSIÓN, al presente proyecto en la prensa audiovisual, escrita radial sitios web y redes sociales. –

Declaran de Interés social, la campaña de castración masiva canina.

Las Heras-, En la última Sesión Ordinaria, el Concejal Mercado, presento proyecto de Declaración a sus pares, donde mediante el mismo pone en consideración, la iniciativa por parte de la Municipalidad de Las Heras, la campaña de castración masiva canina. El mismo tiene basamento, en informar que se realizarán durante los días 14 y 15 de marzo del corriente año. Una CAMPAÑA DE CASTRACIÓN MASIVA, con el objetivo de castrar 300 canes en los dos días.  Con esta campaña se busca fomentar la tenencia responsable de mascotas y la participación de los vecinos para ayudar a tomar conciencia de su responsabilidad como Ciudadano, esterilizar ambos sexos es el método más eficaz para controlar la población canina. Esta campaña es impulsada por los miembros de la protectora “Colitas Felices” de Caleta Olivia, el equipo del Centro de Zoonosis de la Municipalidad de Las Heras y la protectora “Dejando Huellas” de nuestra Ciudad. Dicho Proyecto en su tratamiento ha sido aprobado por unanimidad. El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente: ARTICULO N°1: DECLARAR de interés social “La campaña de castración masiva canina que se realizara los días 14 y 15 de marzo del corriente año. ARTICULO N° 2: INVITAR al área de Prensa y Protocolo del H.C.D a realizar la difusión correspondiente.

Se renovaron las autoridades para el próximo periodo

Las Heras-, El pasado 17 de diciembre, se realizó la elección de renovación de autoridades del Cuerpo Legislativo, correspondiente al periodo de Sesiones Ordinarias 2021, preestablecido en la Ordenanza N° 1324/2013, promulgado por Decreto N° 456/2013. Dicha Sesión Especial se realizó de ámbito privado, a las 13:00 Hs en la Sala de Sesiones “Héroes de Malvinas” del Honorable Concejo Deliberante. Presidio la misma, la Presidente del H.C.D Andrea Yapura, Vicepresidente 1° Cristian Mercado, Vicepresidente 2° Jairo Bernacki , con la ausencia del Concejal Tomas Monteros por razones de Salud. La Edil Andrea Yapura , continua a cargo de la Presidencia del Cuerpo Legislativo . El edil Cristian Mercado fue ratificado como Vicepresidente 1° Cristian Mercado , el edil Jairo Bernacki como Vicepresidente 2° y como Secretaria General continua la Sra. Nancy Assis , los mismos se desempeñaran en el cargo en el periodo 2021.

Policías heridos y patrulleros y Concejo Deliberante con roturas

Las Heras-, Luego de conocida la suspensión de la Concejal Alonso, rápidamente la noticia se difundió y se generó momentos de tensión adentro y afuera del recinto. Unas diez denuncias son las que se realizaron por parte de legisladores (Yapura y Mercado) y secretarios del HCD contra los manifestantes, donde argumentan que finalizada la sesión los manifestantes ingresaron por la fuerza a tono amenazantes y hasta realizaron roturas de vidrios, donde algunos fragmentos impactaron seca del cuello de la Pta del concejo Andrea Yapura. Cuando los integrantes del concejo vieron que no podían salir, intervino el Juez Quelin quien solicito a la comisaria seccional primera que tome cartas en el asunto, donde el Oficio Nº 1488/2020 manifiesta que las fuerzas policiales tenían que ir hasta el edificio público, con el objetivo de preservar la integridad física y posibilitar que las personas que se encuentren en el interior puedan salir, donde además los uniformados deberían escoltarlos hasta sus domicilios y disponer de consigna policial en el domicilio ante posibles agresiones. Yapura denuncio ante algunos testigos y en la comisaria que los amenazaron y agredieron, que incluso aparte de romper vidrios tirara piedras, rompieron el sistema de cableados de las cámaras de seguridad de los techos. El comisario de la primera adelanto que hay dos policías lesionados por agresión con piedras pero que en el transcurso de las horas fueron dados de alta y hay dos patrulleros con roturas también por piedrazos. Al igual que el artículo anterior, hay versiones cruzadas y las filmaciones tanto de un lado como del otro, servirán para que la justicia y para la comunidad saber que fue lo que sucedió y juzgar la participación de los protagonistas.

Concejal Mercado propone identificar las casas de los Aislados

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria del día jueves pasado, el Concejal Mercado presento un Proyecto de Ordenanza. El proyecto pone en consideración, la necesidad de poder identificar rápidamente los domicilios colocándose fajas y/o distintivos identificatórios. El mismo tiene basamento en ampliar las medidas, se lograra mitigar las posibilidades de CONTAGIO. Las fajas tendrán fechas de inicio y finalización de aislamiento en las puertas de su domicilio y/o lugar donde se aloje. Como ciudadanos debemos tener concientización y empatía, con los que se encuentren en dicha situación. En su tratamiento, fue aprobado el pase a comisión (para ser tratado en conjunto con el “COE” Comité Operativo de Emergencias) con los votos positivos por parte de los Ediles presentes: Bernacki, Alonso , Monteros , Yapura y Mercado. El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente : ARTICULO 1°: ESTABLÉZCASE que cada domicilio deberá exhibir en la puerta un distintivo y/o faja identificatoria proveída por la Municipalidad de Las Heras en la que conste que se encuentra realizando el aislamiento preventivo y obligatorio con fecha de inicio y finalización de la misma, firma del responsable y logo del Municipio, colocándose en la puerta o un lugar visible. – ARTICULO 2°: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar el término de la presente que así lo requieran. – ARTICULO 3°: SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal que lleva a cabo las medidas necesarias tendientes a capacitar e instruir al personal que participe en el controlador de la presente. – ARTICULO 4°: ESTABLÉZCASE que el incumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio estará contemplado como infracción, según lo dicta la ordenanza 1630/20 promulgada por Decreto Municipal N° 251/20. – ARTICULO 5°: ESTABLÉZCASE que la remoción de faja solo la realizara por parte de la autoridad que se designe a tal efecto, pudiendo sancionarse a las personas aisladas en un determinado domicilio con una multa de 500 módulos en los casos que tenga lugar la remoción de faja sin intervención de la autoridad competente. – ARTICULO 6°: COMUNÍQUESE al D.E.M y a dependencias que correspondan, regístrese,

Los Autoeventos se realizaran en el predio de la fiesta de la Estepa

Las Heras-, El Concejal Cristian Mercado confirmo la noticia en sus redes sociales. La publicación dice lo siguiente: “El autoevento ya tiene su lugar, se trata del terreno lindero al Camping Municipal (cancha de rugby). Este trabajo se realiza en conjunto con el Municipio en beneficio de los vecinos. Ya se comenzaron con los trabajos para delimitar el terreno  y poder instalar la pantalla gigante. Las Heras podrá asistir a la proyección de una película o presenciar un espectáculo sin tener que bajarse de su vehículo y siempre exigiendo el protocolo vigente, manteniendo el distanciamiento social y las medidas de seguridad e higiene.

Desde el HCD proponen realizar AUTOEVENTOS

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria del día jueves pasado, el Concejal Mercado presento un Proyecto de Ordenanza.. Mediante el mismo pone en consideración la situación en la cual La importancia de generar una nueva forma de esparcimiento para nuestros vecinos, surge la propuesta de “AUTOEVENTOS”, consiste en organizar actividades de tipo audio-visual, de culto, recitales, obras de teatro, proyecciones de películas, o cualquier otra actividad cultural, a la que se puede asistir sin salir del automóvil. La propuesta, es una forma de cine cuya función es el de proyectar películas en una gran pantalla al aire libre, con un área destinada para el estacionamiento de vehículos estando acondicionado para disfrutar. Debido a la pandemia el AUTOEVENTOS es una alternativa de esparcimiento y de distracción en el que se respeta el “DISTANCIAMIENTO SOCIAL ”, mediante un protocolo en el cual se controlara la cantidad de autos en el espacio asignado. Como caso excepcional y mientras dure el aislamiento social obligatorio se implementará las medidas de seguridad al resguardo de la salud pública, mediante la reglamentación vigente. Sería una buena posibilidad para el sector gastronómico ya que podrán ofrecer comidas y bebidas distribuyendo desde los puestos de comidas hasta los vehículos así los clientes podrán disfrutar de la proyección. En su tratamiento, obtuvo la aprobación con los votos positivos por parte de los ediles presentes: MERCADO, ALONSO, BERNACKI y YAPURA. El citado instrumento legal, en su parte resolutiva reza lo siguiente: “ARTICULO 1”: PROPÓNGASE al Departamento Ejecutivo Municipal lleve adelante la actividad de AUTOEVENTOS, en el espaci o que sea designado con las medidas que el caso amerita a fin de brindar a los vecinos de nuestra localidad una opción de entretenimiento.-  

Convocaran a la ciudadanía a una consulta popular sobre la Carta Orgánica

Las Heras-, En el marco de la Sesión Ordinaria del día de la fecha (04/07/2020), el Concejal Cristian Mercado presento una moción sobre tablas a sus pares. La misma se dio tratamiento al proyecto de ordenanza de declaración de necesidad de la carta orgánica y la convocatoria de asamblea de constituyentes municipales. El mismo tiene basamento en lo dispuesto por el artículo 150 inciso 11 de la Constitución Provincial se le confiere a los Municipios competencia para convocar a la ciudadanía a consulta popular, el cual en su parte pertinente establece que “En el ámbito territorial que la Legislatura le fije y conforme a criterios técnicos, el Municipio desarrollará su actividad y tendrá competencia en las siguientes materias, sin perjuicio de otras que las leyes le fijen: (…) Convocar a la ciudadanía a consulta popular e instrumentar el derecho a la iniciativa popular”; en virtud de ello, se somete a consulta popular la declaración de necesidad del dictado de la Carta Orgánica Municipal para la ciudad de Las Heras y la convocatoria a una Convención Constituyente Municipal a los fines del dictado de la misma. Dicho Proyecto ha sido aprobado por los ediles presentes; cuya parte resolutiva del instrumento legal reza en su parte pertinente lo siguiente: “ARTICULO 1º: Someter en calidad de Consulta Popular, mediante el voto popular directo, obligatorio y vinculante por parte de los ciudadanos incluidos en el padrón electoral de la Ciudad de Las Heras, para su ratificación (“SI”) o rechazo (“NO”), la necesidad del dictado de la Carta Orgánica Municipal y la convocatoria a una Convención Constituyente Municipal a los fines del dictado de esa Carta Orgánica Municipal, bajo los siguientes requisitos de integración de esa Convención: a) Se convocará a elección de diez (10) convencionales municipales titulares y cinco (5) suplentes con el objeto de reunir la Convención Constituyente Municipal que tendrá la potestad para la redacción y sanción de la “Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Las Heras”, la que para su aprobación requerirá mayoría simple. b) Los convencionales constituyentes municipales serán elegidos por los vecinos de la ciudad de Las Heras. El acto eleccionario de los convencionales constituyentes municipales de Las Heras se hará por voto directo de los vecinos de Las Heras y se regirá por el sistema electoral tradicional de representación proporcional en conformidad con lo estipulado en la Constitución Provincial, y Ley N° 19.945 (Código Electoral Nacional), a través del método D´Hondt, encontrándose prohibida la aplicación del sistema de lemas y/o doble voto simultáneo en la elección de los integrantes de la Convención Constituyente Municipal. c) Para ser convencional constituyente municipal se debe cumplir con los mismos requisitos que para ser Concejal. Regirán asimismo las mismas inhabilidades e incompatibilidades. Quedan inhabilitados para presentarse como candidatos a convencionales, los ciudadanos a los que les alcancen algunos de los siguientes impedimentos: a) Los que no tengan capacidad para ser electores; b) Los inhabilitados para desempeñar cargos públicos; c) Los deudores morosos del tesoro municipal. d) Tendrán voto en la elección de convencionales constituyentes de la Ciudad de Las Heras, todos aquellos argentinos habilitados conforme las normas locales para la elección de Concejales. e) Los convencionales constituyentes municipales deberán cumplir su función en un plazo no mayor a tres meses a partir de su integración, término que podrá ser prorrogado por igual período y gozaran de idénticas prerrogativas, inmunidades y derechos que los concejales. f) A los fines del dictado de la Carta Orgánica Municipal, la Convención Constituyente Municipal deberá observar lo establecido en la Constitución Provincial en su sección novena. g) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar la convocatoria para la elección de los integrantes de la Convención Constituyente Municipal y dictar normas sobre todo aspecto del acto eleccionario que se requiera. Asimismo, queda facultado a fijar el calendario electoral conforme lo indicado en el presente Ordenanza, crear un organismo electoral municipal de contralor del acto eleccionario y demás aspectos reglamentarios de la elección, estableciendo requisitos, incompatibilidades e inhabilidades de los candidatos a ser Convencionales Constituyentes Municipales. Todo ello, se realizará observando las normas electorales que fueren de aplicación como asimismo la normativa municipal vigente o que se sancione como consecuencia de la convocatoria a la Convención Constituyente Municipal. ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal fijará la fecha en que se realizará la Consulta Popular que aquí se aprueba y convoca. Sólo se admitirán boletas oficiales en las que se expresará la respuesta afirmativa (“SI”) o negativa (“NO”) del su fragante respecto del proyecto sometido a consulta indicado en el artículo 1° de la presente, y se impondrá la respuesta afirmativa o la negativa por mayoría simple de sufragios. Tendrán voto todos aquellos incluidos en el padrón electoral de la Ciudad de Las Heras. ARTICULO 3º: La convocatoria implicará el deber obligatorio de los ciudadanos incluidos en el padrón electoral de la Ciudad de Las Heras a emitir su voto por el rechazo o la aprobación del proyecto sometido a consulta y el resultado de la elección será vinculante en el sentido de la postura que obtenga la mayoría de los votos válidos emitidos. Si los ciudadanos decidieren el rechazo del proyecto, el mismo se archivará. Si los votantes decidieren la ratificación del proyecto, éste comenzará a regir con fuerza de Ordenanza automáticamente a partir de la fecha de la ratificación y se considerarán cumplidos a tal fin todos los requisitos referidos a la sanción de las Ordenanzas, incluidos los establecidos en orden a la necesidad de mayorías especiales en el cuerpo legislativo municipal, sin que pueda respecto de ella el Departamento Ejecutivo Municipal ejercer el poder de veto. Se numerará conforme ordinalmente corresponda y el texto se incluirá para su publicación inmediata”.- La moción fue APROBADA por el Concejo Deliberante, con el voto POSITIVO de los Ediles Yapura -Bernacki – Mercado y el voto NEGATIVO de los Ediles Alonso –Monteros.-