Provinciales-, Así lo indicó el Secretario de Seguridad provincial, Lisandro De la Torre, respecto al nuevo reglamento que permite disparar si los agentes consideran que la persona ‘presenta un peligro’ ‘Se trata de una medida inconstitucional y contraria a la ética’ señaló el funcionario. Se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación N°956/2018, que refiere al uso de armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad. El «Reglamento General para el empleo de armas de fuego» impulsado por la Ministra Bullrich da vía libre para disparar si los agentes consideran que la persona «presenta un peligro». El Secretario de Estado de Seguridad de Santa Cruz considera que la propuesta es inconstitucional Respecto de la Resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación, De La Torre dejó en claro que la provincia no adhiere a lo que se propone en esta herramienta de tipo administrativa y destacó la Ley de Seguridad Pública de Santa Cruz, como así también la Resolución 144/2018 que reglamenta el uso de armas y turo para la Policía de la provincia. El funcionario provincial consideró que se trata de una decisión basada en intenciones electoralistas y está fundada en mentiras. Además advirtió respecto de que se está exponiendo al propio personal de seguridad a que rinda cuentas contra un Tribunal ya que el accionar que propone no solo es inconstitucional, va en contra de la ética sino que también puede ser enmarcado en base al Artículo 79 inciso 9 del Código Penal, como homicidio agravado. En declaraciones a la emisora provincial, De La Torre, explicó que desde la Provincia siempre se propuso trabajar de manera integral la Seguridad Pública, y en este sentido se sancionó la Ley 3.523 y a posterior se reglamentó el uso de armas y tiro de la Policía mediante la Resolución 144/2018. “Desde que asumió la gobernadora Alicia Kirchner empezamos a plantearnos la seguridad como un problema a resolver desde diferentes puntos, en base a la normativa vigente nacional, provincial e internacional, en especial a lo que hace a la actividad policial y a las agencias que hacen a la seguridad pública” expresó. “Mediante la Ley 3.523 se toma en la provincia una decisión de Estado para trabajar la seguridad de manera integral, estableciendo pautas a corto, mediano y largo plazo. Hemos reglamentado en este sentido la norma, y la Resolución 144 -suscripta por el Ministerio de Gobierno en Marzo de este año- es parte de ese trabajo. Allí se establece cómo debe ser la actuación de nuestros agentes respecto del uso de arma de fuego letal” agregó el funcionario. Para la normativa vigente en la provincia, el Secretario destacó que se ha trabajado siempre en base a estándares y normativas que se encuentran establecidas en la Constitución Nacional, en el Código Penal y también en el código de ética aprobado en base los lineamientos de Naciones Unidas (1900). También explicó que todo lo que atañe a la Resolución 144 se trabajó en conjunto con los profesionales de policía, altamente calificados, que saben cómo se usan y manipulan las armas. “Esos estándares que impone nuestra legislación en Santa Cruz, se basan en normativa de jerarquía superior a esta Resolución de Nación (N°956/2018); además hemos trabajado no en base a supuestos sino a hechos concretos. Hemos reglamentado el uso de armas de fuego con pautas taxativamente expuestas dejando de lado las presunciones” explicó el Secretario de Estado en LU14. Para De La Torre, consideró que la medida impulsada por el Ministerio de Seguridad de la Nación está basada en la demagogia punitivista, y es mentirosa en su contenido. “Una Resolución ministerial no puede ir en contra de un Código Penal ni de la Constitución Nacional. Además se deja en falta y expuesto al propio personal policial, porque lo motiva -en base a una normativa de jerarquía inferior e inconstitucional desde nuestro punto de vista- a cometer hechos que podrían ser tomados -en consideración a lo que establece el Artículo 79 inciso 9 del Código Penal- como homicidio agravado”. En este sentido aclaró que en la Resolución 144/2018 de la provincia para no incurrir en un hecho delictual, se deja en claro que los hechos no punibles son los que establece el Artículo 34 inciso 6 del Código Penal que refieren a la legítima defensa y en base a esto se desarrolla el accionar de las fuerzas provinciales. “Nosotros prevemos cuando se puede usar arma de fuego, pero taxativamente establecemos causales reales en las que debe hacerse, dejando en claro que es siempre el último recurso. Por eso insistimos en la formación y en la profesionalización de nuestra Policía. A través de la Ley de Seguridad Pública el gobierno de Santa Cruz impartió reglas claras para dar mayor profesionalismo a todas las agencias policiales” agregó el Secretario. “Estamos trabajando en ese marco normativo en el Centro de Entrenamiento de de Doctrina Policial, impartiendo los conocimientos prácticos y básicos para el personal y su desempeño. Cuentan con clase de tiro, manejo seguro del armamento y casos concretos y reales sobre los que se los forma para saber cómo actuar. Es indispensable la formación en los protocolos de trabajo”. Además aclaró que la provincia trabaja en base a estándares que deben ser garantizados por el Estado de derecho, y es importante no fomentar e impulsar medidas mentirosas y de demagogia punitiva que ponen en riesgo la vida de los vecinos y vecinas y expone a los agentes a llevar adelante acciones que están en contra de la ley. El Secretario de Estado consideró importante comprender que “el uso legítimo de la fuerza, es responsabilidad del estado según lo establece la Constitución Nacional. Se trata de un monopolio que debe ser trabajado de manera racional y ética. Dispararle a alguien por la espalda es ilegal y contrario a la ética. Los principios ciudadanos por los cual nos regimos tienen que potenciar esta idea de trabajar la seguridad de manera integral sin demagogia, ni mentiras”. De La Torre dejó …
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