Las Heras-, El Honorable Concejo Deliberante, sesiono el pasado viernes en el recinto “Héroes de Malvinas” del Honorable Concejo Deliberante de Las Heras.. Tomando todos los recaudos necesarios, el cuerpo sesiono nuevamente, presidido por la Presidente del HCD Concejal Andrea Yapura, Vicepresidente 1° Concejal Cristian Mercado, Vicepresidente 2° Concejal Jairo Bernacki, Concejal Profesora Daniela Alonso y el Concejal Tomas Monteros. Para respetar una de las medidas de prevención más importantes del Coronavirus, se distribuyeron las bancas a lo largo y ancho del recinto, manteniendo las distancias correspondientes. Los ediles aprobaron por unanimidad RATIFICAR el decreto Municipal N°157/2020 en todos sus términos, dictado en el marco de la emergencia sanitaria por la propagación del brote del coronavirus COVD-19, dicho decreto hace mención la ampliación por el término de un (1) año la emergencia pública en materia sanitaria, en atención a la aceleración de contagios a escala internacional, se dictó en la República Argentina la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio con el objeto de proteger la salud pública. En atención a la aceleración de contagios a escala internacional, se dictó en la República Argentina la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio con el objeto de proteger la salud pública. El aislamiento obligatorio y distanciamiento social representa una medida fundamental para reducir la propagación y el contagio del brote viral, previendo evitar la conglomeración de personas en espacios cerrados y disminuir los desplazamientos dentro de la ciudad a los estrictamente esenciales y urgentes, entendiéndose por ello aquellos traslados para la provisión de alimentos, medicamentos y/o productos de limpieza, además de las excepciones que la propia normativa federal prevé. Que, como delegados del gobierno federal, corresponde a este Ejecutivo Municipal dictar las normas complementarias y pertinentes a los fines de implementar las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional. De la misma forma, se fija que “Las autoridades de las jurisdicciones y organismos del sector público nacional en coordinación con sus pares de las jurisdicciones Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las autoridades Municipales, cada uno en el ámbito de sus competencias, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias Corresponde emitir las disposiciones complementarias que coadyuven a la aplicación de esta medida para mayor claridad y comprensión de las formas en que se instrumentará el régimen de aislamiento obligatorio a nivel local a fin de que la población se encuentre en conocimiento de qué modo llevar a cabo los desplazamientos mínimos e indispensables permitidos para la satisfacción de sus necesidades básicas de vida, así como también establecer medidas sanitarias adicionales para el cuidado de la salud pública. La reglamentación permitirá al personal afectado al control dentro de la localidad, operar bajo un criterio determinado que evite confusión en la población y facilite una mejor administración del trabajo. Lo enunciado precedentemente se suma a las medidas preventivas adoptadas.
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Petroleros recibe el apoyo del Concejo Deliberante por el reclamo salarial
Las Heras-, En la Sesión Especial que realizaron los ediles el pasado viernes, el Concejal Tomas Monteros presento una moción sobre tablas a sus pares. En el mismo manifestó que; ante la situación apremiante que transita el SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ y sus Afiliados y tomando en cuenta la crisis Sanitaria, Social y ECONÓMICA en la que se encuentra inmerso nuestro País, la Provincia de Santa Cruz y MUY PARTICULARMENTE la Ciudad de Las Heras, debido al COVID-19. Esto afecta sustancialmente al Comercio Local, de igual manera que lo hace con el Trabajador Independiente, y también con el asalariado en todos los Ámbitos, como lo es con el trabajador PETROLERO. El SECTOR PETROLERO en la PROVINCIA y en especial en nuestra CIUDAD es el principal proveedor de APORTES al estado en concepto de REGALÍAS, el movimiento comercial se nutre en el más alto porcentaje, producto del Salario del Trabajador Petrolero. Las cámaras empresariales se encuentran en proceso de aplicar un recorte muy SIGNIFICATIVO al Salario del Trabajador Petrolero, lo que afectara sin dudas a todos los trabajadores de la industria e indirectamente a todos los comercios, autónomos y particulares como obreros independientes de la localidad. El SINDICATO, SE ENCUENTRA EN PLENA DISCUSIÓN A FIN DE EVITAR ESTE Y CUALQUIER OTRO RECORTE que se quiera imponer ARBITRARIAMENTE, para que se afecte lo menos posible la economía familiar y comercial en el ámbito de la ciudad. Este Honorable Cuerpo, acompaña al SINDICATO PETROLERO y sus representados con el objeto de evitar males mayores. El Cuerpo Legislativo presidido por la Presidente Concejal Yapura Andrea, Vicepresidente 1° Concejal Mercado Cristian Vicepresidente 2° Concejal Bernacki Jairo, Concejal Profesora Alonso Daniela y el Concejal Montero Tomas y aprueban por unanimidad, DECLARAR de INTERÉS PUBLICO el RECLAMO esgrimido por el SINDICATO PETROLEROS y sus Representados a fin de evitar la reducción de SALARIOS, Despidos, Abusos y cualquier otra consecuencia que se desprenda del recorte que se pretende imponer por parte de las cámaras empresariales. En el pedido solicitan a la Sra. Gobernadora Dra. Alicia Kirchner, que acompañe las medidas que se van tomando desde el SINDICATO PETROLERO y que reactive la industria petrolera.
Concejal Yapura solicita al Juez, que se pueda circular hasta 2 personas por vehículo
Las Heras-, En el día de la fecha desde mi Bloque realicé un pedido al Juez de Primeras Instancias el Sr. Quelín Eduardo, por la problemática que aqueja a los vecinos sobre la circulación vehicular, ya que es de público conocimiento que muchos vecinos se han visto privados de sus vehículos particulares por secuestro, muchas de estas personas viven el día a día con sus ingresos y esto conlleva a realizar compras pequeñas con mayor frecuencia. Por eso, teniendo en cuenta que en nuestra localidad no se han dado casos positivos de COVID-19, y en nuestra Provincia es estable el número de casos positivos, localizándose en el mayormente en el territorio en el sur del territorio provincial, lo que indica que por el momento no tenemos circulación comunitaria del virus, manteniendo la cuarentena dispuesta y continuando con los controles necesarios y estrictos de los accesos a nuestra ciudad. Consideré propicia la ocasión para solicitarle al Sr. Juez revea y considere la posibilidad de permitir la circulación vehicular con acompañante ya que es una de las restricciones que mayor incomodidad y perjuicio ha generado en los vecinos, ya que por más que sean personas convivientes no se les permite circular de a dos. Esto ha generado situaciones controvertidas con el verdadero sentido de la prohibición, que es proteger la salud de nuestros habitantes, ya que se les permite transitar en un transporte público, de acceso indiscriminado y cuya higiene, en calidad y frecuencia, se desconoce lo cual expone a las personas a un riesgo potencial más elevado. Aclaro que no ignoro que el aislamiento debe ser estricto, y nos toca una gran responsabilidad en las decisiones gubernamentales, pero tampoco ignoro que a aplicación de restricciones puedan flexibilizarse de acuerdo a las características de cada jurisdicción, como viene haciéndose a lo largo y ancho de todo el País. La normativa a dictarse, determinará las formalidades y procedimientos para habilitar la circulación de personas, pudiendo hacerlo el conductor y un acompañante, quién deberá viajar en la parte trasera del vehículo, quizás ambos con barbijos o tapa bocas como medida de protección. Se permitirá de tal manera que queden contempladas situaciones excepcionales como las que a continuación se enuncian a titulo simplemente ejemplificativo: Traslado al Nosocomio Local. Traslado a la Farmacia. Traslado al Trabajo. Traslado a Supermercados e Hipermercados. Traslado a personas con Tarjeta Social (de uso personal y exclusivo) Traslado para trámites bancarios. Traslado de personas con discapacidad. Las nombradas y muchas otras exceptuadas por la normativa vigente generan desplazamientos internos de los habitantes de la localidad, dentro de los horarios de actividad y dado que la mayoria de los establecimientos funcionan con turno, o accesos restrictivos por terminación de DNI, permitiendo el ingreso de una sola persona, probablemente el sistema implementado logre la autolimitación. En caso de decidirse por la afirmativa, respecto de la implementación se deberá instruir adecuadamente al personal encargado de su verificación y control. En el mismo sentido debo hacerles saber que tal criterio no afecta ni viola la normativa nacional. Saluda atentamente: Andrea Yapura – Presidente HCD.-
Desde el Concejo piden destrabar las infracciones por el gran acumuló de las mismas
Las Heras-, En el día de ayer se realizó una Sesión Especial de ámbito privado, dada las circunstancias. Por ello el Concejo Deliberante aprueba la Ordenanza por unanimidad de Votos, la Ordenanza presentada por el Concejal Tomas Monteros. VISTO: Las inquietudes y reclamos frecuentes de los vecinos para regularizar faltas e infracciones de comercio, ambiente, tránsito y otras normas vigentes en Las Heras, la emergencia sanitaria y el aislamiento obligatorio según DNU N° 260/2020 y 297/2020 y sus respectivas prorrogas, los Decretos N° 128/20,129/20,142/20 y 143/20, ratificado por la Ordenanzas N° 1601/20, 1523/18 y 957/06, y el Acta N°03/20 del COE Municipal, y ; CONSIDERANDO: QUE, debido al brote viral Covid-19, se declaró a nivel nacional, provincial y local estado de emergencia pública en materia sanitaria a través de DNU N°260/2020, Decreto Provincial N° 0273/20 y Decreto Municipal N° 128/20 respectivamente; QUE, asimismo, conforme al grado de propagación del Covid-19 se estableció aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el territorio de la República Argentina y con ello, distintas medidas preventivas con el objeto de cumplir con la cuarentena por medio de los DNU N° 297/PEN/2020, 325/PEN/2020 Y 355/PEN/2020; QUE, entre las acciones, Decreto N°129/20 se estableció asueto en el ámbito de la Administración Pública Municipal; QUE, por ello el Juzgado de Faltas se mantuvo cerrado hasta el día de la fecha, ocasionando que numerosos vecinos vean impedidos los medios para regularizar multas ocasionadas por infracciones a normas de tránsito, comercio, ambientales y otras durante el periodo de cuarentena obligatoria; QUE, entre los reclamos manifestados, se observan vecinos con necesidad de regularizar su situación por infracciones de distinta naturaleza y, entre otros casos comerciantes con clausuras preventivas que demandan atención a fin de evitar que la mercadería que tienen cumpla un plazo de vencimiento; QUE, asimismo, se tomó conocimiento de la situación de abarrotamiento que se verifica en el corralón de vehículos por secuestro, a los cual debe pronta atención; QUE, habiéndose tomado cuenta de los reclamos de los vecinos, se consultó ante los funcionarios de Comercio y de Transito por el procedimiento de elevación de las actas del Juzgado Municipal de Faltas, a los que verbalmente se informó a este equipo que al encontrarse cerrado el Juzgado no están recibiendo las actas de infracciones y que, su atención se limita a los casos que ese Juzgado entienda como urgente; QUE, también debe tenerse en cuenta que el Comité de Emergencias Local según Acta N° 03/20 encomienda al Juzgado de Faltas que arbitre los medios para operar de manera online o través de guardias mínimas a fin de dar solución a las faltas, multas y secuestros. QUE, el Concejo Deliberante local tiene potestad de fiscalización sobre el Juzgado de Faltas ya que por el Articulo N°8, segundo párrafo de la Ordenanza N° 957/06 se establece “El Poder Ejecutivo Municipal o el Honorable Concejo, en forma conjunta o indistinta, tienen potestades de fiscalización del Funcionamiento del Juzgado Municipal de Faltas y de la actuación de sus miembros”; QUE, además, por Decreto N°143/20 se estableció un procedimiento de pago de multas, que fue ratificado por el Concejo Deliberante local por Ordenanza N° 1609/20 para responder, dentro de la cuarentena obligatoria, a la necesidad de contar con medios que aporten soluciones a las inquietudes de los vecinos; QUE, por esto resulta necesario establecer un sistema excepcional que dé solución a los vecinos respecto a las faltas, infracciones, clausuras y secuestros durante la emergencia sanitaria para evitar las dilataciones propias del procedimiento normal, el cual resulta de imposible cumplimiento; QUE, en consecuencia, se propone facultar al Ejecutivo Municipal a implementar durante el periodo de emergencia sanitaria un sistema excepcional de extinción de acciones por infracciones de cualquier naturaleza, pudiendo proceder en el marco de la Ordenanza N° 1523/18 y toda otra vigente concordante con procedimientos excepcionales; QUE, el sistema de pagos voluntario, fijado por Ordenanza N° 1523/18 lo establece como un sistema “previo a la intervención del Juzgado de Faltas, para cualquier infracción que constituya una falta reconocida por el infractor, que tenga por efecto la extinción de la acción, bajo una instancia administrativa más ágil que la instancia judicial, buscando facilitar el cobro de multas y las gestiones de pago, y dando por extinguida la acción a partir del pago voluntario del infractor, previo al inicio de actuaciones judiciales”; QUE, este sistema no interfiere de ninguna forma con los procedimientos del Juzgado de Faltas ya que prevé la extinción de las acciones derivadas de la infracción en una instancia administrativa anterior a la de dicho Juzgado; QUE, a su vez es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar de manera excepcional liquidaciones de actas de infracciones, levantamiento de clausura y de secuestro, entregadas a vehículos y toda otra acción necesaria para la extinción de acciones, siempre y cuando los infractores hayan abonado y cumplimentado con los requerimientos de las autoridades municipales; QUE, esto brindara canales de pago de infracciones y extinción de acciones que ofrecerán mayor agilidad y celeridad en respuesta a los vecinos; POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA LA ORDENANZA ARTICULO N°1: CREESE EL SISTEMA EXCEPCIONAL DE EXTINCION DE ACCIONES, en virtud de los considerandos del presente. ARTICULO N°2: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a extinguir las acciones derivadas de las infracciones de todo tipo desde el inicio de la emergencia y hasta su fin según Ordenanza N° 1601/ 2020 cuando se cumplen con lo dispuesto en la presente Ordenanza. ARTICULO N° 3: Para poder extinguir las acciones derivadas de infracciones, se deberá abonar la totalidad de las sanciones aplicables a las infracciones detalladas en las actas de infracción labradas, así como también cumplimentar con los demás requerimientos que realice la autoridad municipal. ARTICULO N°4: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las liquidaciones correspondientes con la finalidad de que las sanciones correspondan a las actas de infracción labradas puedan ser abonadas y de tal forma cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 2. ARTICULO N°5: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal …
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Desde el HCD solicitan controles más rigurosos y el Corte Total de la Ruta Pcial 16-Holdich
Las Heras-, En el día de ayer 16 de abril, se realizó la Sesión Especial de ámbito privado, dada las circunstancias. Por ello el Concejo Deliberante aprueba la Resolución por unanimidad de Votos.- Resolución presentada por la Presidente H.C.D; Yapura, Andrea del bloque “Con Vos”. ARTICULO N° 1: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en la persona de la Sra. Gobernadora Dra. Alicia Kirchner, el CORTE TOTAL de la RUTA PROVINCIAL N 16 Las Heras – Holdich – Comodoro Rivadavia, en el límite de la Reserva Municipal Zona Norte, lindero a la Batería de YPF denominada CG7, exceptuando a los Propietarios de Establecimientos Rurales del área de influencia de Las Heras, quienes podrán circular con el permiso correspondiente otorgado por Vialidad Provincial. El Departamento de Vialidad Provincial de la Ciudad de Las Heras, implementaría las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los términos preestablecidos en la norma vigente. – ARTICULO N° 2: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, prevea los medios necesarios para UN CONTROL más RIGUROSO Y ESTRICTO haciendo cumplir los HORARIOS preestablecidos a tal fin, en el Acceso de la RUTA PROVINCIAL N 43, LAS HERAS – PICO TRUNCADO, y LAS HERAS PERITO MORENO. El Ejecutivo Municipal actuara en forma conjunta con las disposiciones del Gobierno Provincial. ARTICULO N° 3: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, prevea los medios necesarios para UN CONTROL más RIGUROSO Y ESTRICTO haciendo cumplir los HORARIOS preestablecidos a tal fin, en el Acceso de la RUTA PROVINCIAL N 18, LAS HERAS – LOS PERALES – RIO MAYO y localidades de influencia. El Ejecutivo Municipal actuara en forma conjunta con las disposiciones del Gobierno Provincial. – ARTICULO N° 4: IMPLEMENTACION, del Ejecutivo Municipal , en el cual se aplicará y respectara la circulación demarcada, mediante una cuadricula para transitar la flota vehicular, para el ingreso y salida del tránsito afectado a prestar servicios en los Yacimientos Petroleros. La cual será obligatorio la hoja de ruta de acceso y circulación: (ingresando por la Ruta N° 18 Los Perales, Ramos Mejía – Paulina Argüello – Isolina Picticar– Ruta N°43 (1) una vía de acceso) – (Ruta N° 18 – ingresando por camino de Tierra girando a la izquierda por el ala Oeste, sería detrás del Barrio 1 de Mayo – llegando a la Ruta N° 43, (2) segunda vía de acceso). La carga de combustible en la Estación VERMAZ tienen el acceso por Calle Güemes Ingresando por Paulino Argüello – Estación SOLITARIO acceso por Ruta N° 43. Quedando pendiente la hoja Ruta para el acceso a talleres, vidriería y lavadero. Quedará terminantemente prohibido utilizar otra vía de circulación en el Ejido Urbano, que NO sea la estipulada. ARTICULO N° 5: COMUNIQUESE y ELEVESE COPIA, al Gobierno Provincial y al Departamento Ejecutivo Municipal, a demás dependencias que correspondan, Regístrese, Publíquese y Cumplido ARCHÍVESE. – ARTICULO N° 6: de FORMA. –
El HCD solicita a la gobernadora más efectivos policiales
Las Heras-, La Resolución H.C.D N° 018/20 – Emergencia Sanitaria, fue aprobado por unanimidad.- Por tal motivo el Proyecto presentado por la Presidente del H.C.D Sra. Andrea Yapura, considero que el Estado Nacional ha establecido Normas que determinan las acciones que las Instituciones deberán aplicar a fin de evitar males mayores. En función de esto, la ciudad NO cuenta con la cantidad suficiente de personal efectivo de seguridad, es por eso que la Sra. Presidente del H.C.D solicita al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en la persona de la Sra. Gobernadora Dra. Alicia Kirchner, incrementar la planta Policial y/o de Seguridad en cualquiera de las Fuerzas establecidas en la ciudad de Las Heras.
Concejo Deliberante aprobó la emergencia sanitaria
Las Heras-, En el día de ayer se realizó la sesión del HCD., la Presidente Concejal Andrea Yapura, el Vicepresidente 1º Concejal Cristian Mercado, Vicepresidente 2º Concejal Jairo Bernacki, Concejal Profesora Daniela Alonso y el Concejal Tomas Monteros. A puertas cerradas los ediles trataron once puntos en el Orden del Día, se adhirieron al Decreto N° 260/20 del Ejecutivo Nacional que amplía la Emergencia Pública Sanitaria establecido en la Ley N° 27.541, el Decreto Provincial N° 273/20 Emergencia Sanitaria. Decreto Municipal Nº 128/20 – Declara la Emergencia Sanitaria en la localidad de Las Heras por el término de ciento ochenta (180) días con posibilidad de prórroga-Decreto Municipal Nº 129/20, con fecha 17 de marzo de 2020- Dispone asueto en todo del ámbito de la Administración Pública Municipal de Las Heras, a partir de fecha 19 de marzo y hasta fecha 03 de Abril de 2020 inclusive. Considerando la grave situación de la salud y frente al riesgo que genera el avance a nivel mundial de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), resulta conveniente intensificar la adopción de medidas que, según los criterios epidemiológico, resultan adecuados para direccionar el esfuerzo sanitario y neutralizar la propagación de la enfermedad. Por ello el Concejo Deliberante aprueba por Ordenanza y unanimidad de Votos: Proyecto de Ordenanza Presentado por la Presidente H.C.D; Yapura, Andrea del bloque “Con Vos”. Art.1); Suspender, a partir del 17 de Marzo del 2020, por 15 (quince) días corridos con posibilidades de prorroga en la Ciudad de Las Heras – Provincia de Santa Cruz, los eventos de concurrencia masiva habituales o esporádicos organizados por el sector público o privado, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID_19)- a saber que: Esto implica el cierre total de todos los locales bailables, pubs, cervecería, cafeterías, cines, centros culturales, salones de fiestas en alquiler, casino club, salones de juegos infantiles, actividades en instituciones intermedias e instituciones religiosas, centros deportivos, gimnasios privados y públicos, instituciones deportiva y cualquier espacio recreativo de carácter municipal y/o provincial, como así también los lugares donde se realicen actividades de ocio y recreativas, concentraciones de actividades en las plazas y plazoletas, concentraciones en las canchas de futbol, reuniones en salones sindicales, sin excepciones. Art.2); Establecer, que la Permanencia, en los establecimientos comerciales o de atención privada y pública cuya apertura esté permitida, deberá ser la necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de los alimentos y productos de primera necesidad. Deberán evitarse aglomeraciones o tumultos de personas, restringiendo el acceso y optimizando la atención de forma tal de reducir los tiempos de espera en los establecimientos comerciales y no podrán producirse líneas de espera. Se controlará que los consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de un metro cuadrado y todos los establecimientos deberán contar con el horario especial para la atención de personas mayores de 55 años de edad. Art.3); Se Prohíben, todas las fiestas Privadas y/o eventos Públicos o Privados en salones o al aire libre. Art.4); Se Estimulan las siguientes Restricciones: Los Supermercados deberán ajustar a una capacidad de 20 (veinte) personas como máximo, de acuerdo al consenso de la autoridad de aplicación (Departamento de Comercio y Bromatología Municipal). No podrán producirse líneas de espera en las cajas registradoras, y además deberán mantener una distancia de seguridad de un (1M2), metro cuadrado entre personas concurrentes al local. Cafetería en el Rubro de Hotel, Restaurantes no podrán tener ocupadas más del 50% de las mesas disponibles a los clientes. Cada mesa deberá contar con una estación sanitización para los clientes, con alcohol en gel o toallas humedad desinfectantes. El salón de atención al público deberá limpiarse y desinfectarse continuamente y las mesas serán sanitizadas con alcohol al 70% y tollas descartables al finalizar cada servicio de mesa. Se deberá extremar medidas higiénicas en la elaboración de los alimentos y realizar el servicio de alimento listo para consumir con barbijo. En caso de que el personal de atención padezca afecciones respiratorias o sospechas de las mismas no podrán ejercer sus funciones. Las Despensas, Minimercado, Panaderías, NO podrán ingresar más de 5 (cinco)personas, siendo la capacidad máxima. Las peluquerías NO podrán tener más de 2 o 3 Personas como máximo esperando en el salón, A los paseos de compra solo podrán ingresar un máximo de 5 (cinco) personas simultáneamente y deberán contar con una estación de sanitización para clientes alcohol en gel o toallas húmedas desinfectantes en cada puesto de venta. Los Remixes o Taxis NO podrán llevar más 2 (dos) pasajeros por viaje y guardias mínimas. Las tiendas, shopping, zapatería NO podrán ingresar un máximo de 3 (tres) personas. Las estaciones de Servicios tendrán atención al público con guardias mínimas y el servicio de restaurant deberá ser restringido al 50% de sus mesas, donde deberá contar con el Kit de sanitización. Las farmacias NO podrán ingresar un máximo de 3 (tres) personas. Las heladerías NO podrán ingresar un máximo de 3 (tres) personas. Las salas de funeraria deberán respectar los protocolos de Seguridad, no podrán ingresar un máximo de 10 personas en sala, deberán contar con el Kit de higiene de sanitización. El certificado médico del hospital de defunción de la persona deberá acreditar su fallecimiento por enfermedad, Muerte natural. Si ha contraído el virus COVID-19 se tomarán las medidas del protocolo del Hospital, (Entierro a Tierra o Crematorio). Las ferias que se realizan en salones o al aire libre NO podrán ingresar un máximo de 5 (Cinco) personas. Los Hoteles, hosterías, departamentos de alquiler, hospedajes y comercios a fines deberán notificar Urgentemente al departamento de Comercio de la Municipalidad – Seccionales de Policía de la Localidad, si tiene alojada alguna Persona Extranjera u oriunda de otra provincia, tomaran los datos personales del D.N.I. Así mismo deberán ajustarse al instructivo para implementar del Decreto 260/2020 en el sector hotelero. Restrínjase la circulación que se vea afectada al ingreso y egreso a la ciudad, con algunas excepciones: Para el ingreso de abastecedores, camiones caudales, Fuerza Publicas, Personal de salud, Líneas áreas y terrestres …
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(VIDEO) Municipalidad de Las Heras decreto emergencia sanitaria
Las Heras-, Como medida preventiva ante la pandemia del coronavirus, desde la Municipalidad de Las Heras decreto la emergencia sanitaria por 180 días y asueto municipal desde el 19 de marzo hasta el 3 de abril. Estos decretos serán ratificados mediante ordenanza mañana por el Concejo Deliberante.
Las Heras en Emergencia Sanitaria y estas son las Medidas
Las Heras-, Desde el municipio local y luego de una conferencia de prensa, se estableció la Emergencia Sanitaria y estas son las Medidas: SEAMOS SOLIDARIOS Y CUIDÉMONOS ENTRE TODOS Como medida preventiva ante la pandemia del coronavirus, desde la Municipalidad de Las Heras decretamos la emergencia sanitaria por 180 días y asueto municipal desde el 19 de marzo hasta el 3 de abril. Estos decretos serán ratificados mediante ordenanza mañana por el Concejo Deliberante. LAS MEDIDAS QUE TOMAMOS: Declarar la emergencia sanitaria en Las Heras por 180 días con posibilidad de prórroga, en virtud de la pandemia del virus COVID-19. Autorizar a la Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos a efectuar partidas presupuestarias especiales en caso de ser necesario durante este período. Suspender en carácter preventivo por 15 días con posibilidad de prórroga toda actividad o evento de concurrencia masiva organizado por el sector público o privado, incluyendo: locales bailables, pubs, casino, centro cultural, salones de fiesta, salones de juegos infantiles, actividades en instituciones intermedias e instituciones religiosas, centros deportivos y espacios recreativos, gimnasios, torneos y competencias deportivas, culturales y artísticas. También espacios donde se realicen actividades de ocio. Los locales comerciales deberán adoptar medidas sanitarias de prevención, evitando las aglomeraciones de personas, establecer distancias mínimas de seguridad y disponer el acceso a un área para el lavado de manos con agua potable, jabón líquido y toallas descartables y/o colocar dispensadores con desinfectantes como alcohol en gel en áreas visibles. La infracción a estar medidas dará lugar a la clausura preventiva inmediata y demás rancios que resulten aplicable a la normativa vigente. Se restringirá de manera preventiva el ingreso de visitas con antecedentes de contacto viajero o viajeros a zonas endémicas a la Residencia del Alto Mayor, Hogares de Día, Comedor y Establecimientos municipales. Autorizar al Área del Extranjero a gestionar ante organizamos nacionales la lusa de ciudadanos residentes en la ciudad que regresaron al país los últimos 15 días. Constituir el COMITÉ DE CRISIS, PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL a través de la Dirección de Defensa Civil, autoridades sanitarias, de seguridad locales, provinciales y autónomas. Disponer el protocolo de prevención y control en los accesos a la ciudad, terminal ómnibus, taxis y remises. Solicitar a las asociaciones sindicales privadas, fundaciones y empresas privadas locales, a una mayor flexibilización laboral en torno a las medidas de prevención para el trabajador y su familia. Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial -en virtud de la emergencia sanitaria y el déficit generado por la suspensión de la Fiesta Nacional de la Estepa Patagónica- la ayuda económica a fin de afrontar los innumerables gastos y compromisos asumidos por la no realización de la misma, al cual se comprometió oportunamente el Ministerio de Gobierno provincial. Asimismo, la Secretaría de Gobierno resolvió mediante la resolución municipal 001/2020 para locales comerciales: Los establecimientos habilitados durante el período de emergencia sanitaria deberán establecer publicidad y señalización de las medidas de sanidad y seguridad adoptadas. En carácter de solidaridad, los comercios deberán establecer leyendas de “máximo dos productos” Se deberán desinfectar los baños de locales comerciales cada dos horas Se deberán desinfectar changos y canastos con frecuencia prudencial luego de ser utilizados por clientes a partir de la apertura del local. Tomar medida de protección para el personal del comercio: cofias, guantes, gorros, antiparras dentales, etc. Los supermercados deberán ajustar su capacidad de 20 personas como máximos. No podrán producirse líneas de espera en las cajas registradoras y demás deberán mantener una distancia de seguridad de 2 metros cuadrados entre personas concurrentes al lugar. Las cervecerías caferías, restaurantes y estaciones de servicio no podrán tener ocupadas más del 50% de las mesas disponibles. Cada mesa deberá contar con una estación de sanitización para clientes con alcohol len gel o toallas desfinctantes. El salón de atención al público deberá desinfectarse continuamente. En caso que el personal de atención padezca de afecciones respiratorias o sospechas de las minas no podrá cumplir sus funciones. Las despensas, minimercados, panaderías no podrán ingresar más de 5 personas. Las peluquerías no podrán tener más de 3 personas en la sala de espera. Los paseos de compra sólo podrán ingresar un máximo de 5 personas simultáneamente y deberán contar con estación de sanitización. Los remises y taxis no podrán llevar más de 2 pasajeros por viaje Las tiendas, zapaterías no podrán ingresar más de 3 personas Las farmacias no podaran ingresar más de 3 personas Las heladerías no podrán ingresar más de 3 personas Las salas funerarias deberán contar con los protocolos de seguridad, no podrán ingresar más de 10 personas en la sala y deberán contar con un kit de higienización. Las ferias que se realicen en salones o al aire libre no podrán ingresar más de 5 personas. Se prohíben fiestas y eventos privados. Los hoteles, hosterías, departamentos de alquiler, hospedajes, comercios y afines deberán noticias la Subsecretaría de Comercio si tiene y a la policía si tiene alojada alguna persona extranjera, la fecha de ingreso de ésta al país y una fotocopia de su pasaporte. En los bancos sólo podrán permanecer 20 personas como máximo en su interior, y en las sucursales de menor tamaño se deberá mantener una distancia de de 2 metros cuadrados entre las personas Todos los comercios deberán contar con un horario de atención exclusiva para personas mayores de 60 años, horario que deberá ser exhibido en sus vidrieras. ¡Cuidemonos entre todos! ¡Quédate en casa!
Yapura: Hubo que hacerse cargo de muchas cosas que les correspondían a la provincia
Las Heras-, Ayer en el Centro Cultural, se inició con un nuevo periodo legislativo. La edil Yapura dio el siguiente discurso: “Señor Intendente, Sres Concejales, autoridades y público que hoy nos acompañan. Agradezco la presencia de todos ustedes y vuestro acompañamiento en la iniciación de un nuevo periodo legislativo. En el marco de un nuevo escenario político institucional, me toca continuar con la responsabilidad de representar este Honorable Cuerpo y debo hacer hincapié y solicitar a los nuevos concejales aunar esfuerzos y recursos para aportar nuevas ideas en pos del bienestar de toda la ciudadanía. La oposición bien entendida, nos ayuda a no desviarnos del rumbo, si nos abocamos a personalizar las diferencias solo lograremos postergación y más dificultades. Ante la experiencia adquirida durante mi primer mandato frente a este concejo, he puesto de manifiesto mi predisposición y voluntad en acompañar. La gestión del Dr. José María Carambia, reelecto con el 60% de los votos, es una muestra que hubo respuesta y responsabilidad en la administración de nuestro patrimonio. Demostramos que se puede generar un cambio en las formas y costumbres de hacer política, nos enfocamos a las necesidades y urgencia de la localidad, no en apetencias personales o partidarias. La población nos dio el aval para continuar. La responsabilidad es aún mayor, pero desde el momento que decidimos seguir, es porque nos sentimos capaces de afrontar las adversidades y dificultades. Brindarle las herramientas al ejecutivo, un ejecutivo que responde, es agilizar la ejecución de obras y demandas de vecinos. Hubo que hacerse cargo de muchas cosas, y muchas, que les corresponde atender a la provincia, una provincia ajena a sus vecinos, ajena hasta de sus más fieles militantes, que viven y trabajan en esta ciudad, haciendo oídos sordos a los reclamos, a la atención de las escuelas, a la atención que por justo derecho, le corresponde a los afiliados de la caja de servicios sociales, a nuestros jubilados municipales. Mientras la excusa es la herencia recibida, que en el caso de Santa Cruz, es la herencia de una misma familia, nosotros decidimos mirar hacia adelante. Somos el municipio, que creció y mejoró, en un difícil momento laboral y económico. Cada impuesto y cada tasa que se recauda vuelve a la comunidad de diferentes maneras, y a las pruebas me remito, calles, mantenimiento, limpieza, recolección de residuos, incremento del parque vehicular, alumbrado, atención en salud, castraciones y atención en mascotas totalmente gratuita, mejora salarial, la que sabemos no ha sido suficiente, pero se ajustaron con la responsabilidad de lo que podemos cumplir, sin sufrir, como la de las localidades vecinas, las consecuencias que mes a mes, deben los trabajadores, reclamar para que se les paguen sus sueldos atrasados. Cuando nos visitó el Sr. Vice Gobernador Eugenio Quiroga, tuvimos la oportunidad de conversar y coincidíamos en la necesidad de trabajar en conjunto, yo le pido por favor, se lo haga entender a la Sra. Gobernadora. También se los pido a los referentes locales y más allegados, al Sr. Diputado por el Pueblo, elegido para plantear y elevar proyectos de mejoramiento y necesidades de toda la localidad, no solo del sector que representa. Hay que exigir se cumpla con la asistencia de la caja de servicios sociales, que se regularicen y agilicen los trámites jubilatorios, que se construyan más escuelas, barrios, entre otros. Quiero dedicar un párrafo aparte de la muestra de voluntad en ejercer un trabajo en conjunto con el municipio, al gerente, hoy al frente de servicios públicos, a Ud. muchas gracias, lo que podamos mejorar va en beneficio de todos los vecinos, la actitud de ambas partes es un ejemplo a seguir. Debemos corregir y reparar errores, no somos perfectos. Continuar y remediar las cosas que venimos haciendo, y dentro de la situación de emergencia económica que estamos atravesando, analizar y poner en primer lugar las prioridades de nuestra ciudad. Una vez más, gracias a todos por el acompañamiento de siempre. Saludos cordiales, Andrea Yapura, Presidente HCD.-