Las Heras-, Frente al avasallamiento y la persecución de la que es víctima por cuestiones políticas, la municipalidad presentó una denuncia formal contra el Tribunal de Cuentas. El Municipio de Las Heras denuncia al Tribunal de Cuentas por abuso de autoridad Hoy por la mañana, la secretaria de hacienda Natalia Crnkovic y el secretario legal y técnico Constantino Rizzo presentaron, en nombre de la Municipalidad de Las Heras, una denuncia formal contra Carlos Javier Ramos, María Matilde Morales, Javier Stoessel y Romina Gaitán, todos ellos funcionarios del Tribunal de Cuentas de la provincia, por “abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, mal desempeño en el ejercicio de sus funciones y violación de domicilio”. En el marco de la persecución de la que viene siendo víctima el intendente José María Carambia, el municipio decidió apelar a la justicia para frenar el avasallamiento ilegal del tribunal, que cometió una serie de irregularidades en el afán de inspeccionar las cuentas de la gestión, que ya fueron presentadas oportunamente, en reiteradas oportunidades. ¿Será la sed de revancha lo que moviliza al tribunal? ¿O el crecimiento de Carambia en las encuestas a nivel provincial? Cabe recordar que Gaitán es la esposa del ministro de gobierno, Fernando Basanta, y que su nombramiento fue cuestionado por todo el arco no kirchnerista de la política ya que es a todas luces ridículo que la pareja de un funcionario tenga que controlar el trabajo de su esposo. Estas son las consecuencias lamentables de una política de acomodo y amiguismo. Con respecto a la denuncia, tiene numerosas justificaciones. Por un lado, la municipalidad quiso aportar documentación al tribunal según consta en el acta labrada por el juez de paz pero, sin razones claras , la entidad ni siquiera quiso recibirla. Este documento se tuvo que remitir por carta. Por otro lado, es clara la ilegalidad de la multa aplicada al municipio ya que la única notificación de la inspección de las cuentas se dio por WhatsApp, medio que no tiene validez legal. El tribunal ha actuado fuera de su competencia, haciendo inspecciones que no le corresponden. . El kirchnerismo no sorprende: ha manejado el poder con total discrecionalidad desde sus orígenes, tanto a nivel provincial como nacional. La actuación del Tribunal de Cuentas estuvo, desde el principio, totalmente fuera de sus atribuciones. Quienes conocen la política de Río Gallegos comentaron a este medio, sin querer dar nombres, que esta persecución a Carambia es una bajada de línea de la más alta línea de poder kirchnerista para desprestigiar a la intendencia con mejor imagen en todo Santa Cruz. La carta del Municipio Las Heras, Santa Cruz 15 de Mayo del 2018 Ref. Nota 14 de Mayo 2018- SOLICITUD DE DOCUMENTACION. AUDITOR JEFE LUCAS SEBASTIAN FERNANDEZ SE PRESENTA. CONTESTA. PRESTA COLABORACION TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Por medio de la presente, quien suscribe Dr. Constantino Rizzo, en mi carácter de Secretario Asesor, Legal y Técnico según Decreto Municipal Nº133/2017 y Dra. Natalia E. Crnkovic, en mi carácter de Secretaria de Hacienda e Ingresos Públicos según Decreto Municipal Nº570/2015 el cual pongo a su disposición, ambos en representación de la Municipalidad de Las Heras Santa Cruz, con domicilio en calle San Martin Nº418, nos dirigimos a Ud., con relación a la Nota de fecha 14 de Mayo del 2018, suscripta por el Sr. Lucas Sebastián Fernández, Auditor Jefe, Tribunal de Cuentas dirigida al Intendente y/o Secretario de Gobierno de la Municipalidad de las Heras. Primeramente cabe destacar que quienes suscribimos la presente, lo hacemos en representación de la Municipalidad de Las Heras, ya que es de público y notorio conocimiento que el Sr. Intendente Dr. José María Carambia y el Sr. Secretario de Gobierno Dr. Mauricio Gómez, se encuentran a partir del día 14 de Mayo del corriente año de comisión de servicio en la ciudad de Buenos Aires, por consiguiente siguiendo la jerarquía somos quienes quedamos como representantes de la municipalidad. Necesitamos dejar aclarado ello, para que de manera malintencionada no se interprete que porque venía el Tribunal, justo se fueron de comisión de servicio los mencionados funcionarios, lo cual no es así primero porque el Intendente tenía programado en su agenda la firma de un convenio de colaboración con el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Horacio Rodríguez Larreta, y segundo porque nunca notificaron la fecha en concreto en la cual se acercaría el personal de Tribunal de Cuentas a la municipalidad. Es importante aclarar, que todas las partes intervinientes están en pleno conocimiento que la Nota de fecha 14 de Mayo del 2018, suscripta por el Sr. Lucas Sebastián Fernández, Auditor Jefe, Tribunal de Cuentas, se funda en la RESOLUCIÓN Nº233 T.C-18, la cual no se encuentra firme ni es susceptible de ejecución toda vez que, según cargo del Tribunal de Cuentas, que se acompaña a la presente, en fecha 14 de mayo del corriente año a las 08:27 Hs se interpuso recurso de reconsideración, con apelación en subsidio por ser arbitraria, ser su objeto obviamente nulo, por consiguiente carecer de causa, y exceder el ámbito de competencia que tiene el Tribunal de Cuentas, esto conforme el Art.9 de la Ley 1260 que expresamente dice “La Administración se abstendrá: a) De comportamientos que importen vías de hecho administrativas lesivas de un derecho o garantías constitucionales. b) De poner en ejecución un acto estando pendiente algún recurso administrativo de los que en virtud de norma expresa impliquen la suspensión de los efectos ejecutorios de aquél, o cuando desestimada la impugnación no se hubiere notificado el rechazo o denegatoria de la misma”. Asimismo se manifiesta que la documentación e información solicitada por el Auditor en Jefe, en la nota en cuestión excede las competencias del Tribunal de Cuentas, para su conocimiento se transcribe el Art. 19 apart. A) Inc 1º. Ley 500 “Constituyen atribuciones y deberes del Tribunal de Cuentas: a) Ejercer el control externo de la gestión financiero patrimonial de la administración pública provincial, comunal y hacienda para-estatales, debiendo a …
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